Ruz envía a Toledo el caso sobre el contrato de basuras que Bárcenas vinculó a una donación al PP

Lo hace para que se investigue la posible comisión de un delito de prevaricación en la concesión y ejecución de un contrato de basuras a la empresa filial de Sacyr, que, según Luis Bárcenas, se realizó como contrapartida a una donación.

GRA121. LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 25/01/2013.-  El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz, instructor del caso Gürtel y de las acusaciones de blanqueo realizadas contra Jordi Pujol Ferrusola, atiende a la prensa antes de pronunciar una conferencia sobre "Blanqueo de capitales cometido por una organización criminal", en unas jornadas profesionales dedicadas a debatir ese tipo de delitos, hoy en Las Palmas de Gran Canaria. EFE/Ángel Medina G.

Así consta en un auto dictado este lunes en el que el magistrado transforma las actuaciones sobre la contabilidad B del PP en procedimiento abreviado, equivalente al procesamiento, y en el que acuerda incoar una pieza separada sobre el contrato de basuras que se llevó a cabo, según Bárcenas, a cambio de una donación de 200.000 euros para financiar la campaña a la presidenta de la formación en Castilla-La Mancha, María Dolores de Cospedal.

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 remite estas pesquisas al juzgado decano de Toledo ante la "falta de conexidad suficiente" con la causa de 'los papeles de Bárcenas' dado que el propio extesorero desvinculó el caso de la capital castellano-manchega de las supuestas aportaciones económicas recibidas por Sacyr en la "mecánica de funcionamiento de la caja B" del Partido Popular.

Ruz añade que en el momento presente no se cuentan con elementos indiciarios suficientes que justifiquen la investigación de aforados, cuya competencia recaería sobre la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

Según el juez, será en los juzgados de Toledo donde se deberá determinar la pertinencia de la práctica de diligencias solicitadas por las acusaciones o el sobreseimiento instado en su calidad de imputados por el exgerente regional y supuesto receptor de la donación José Ángel Cañas, el entonces tesorero de Castilla-La Mancha Lamberto García Pineda, el exalcalde de Toledo José Manuel Molina y el expresidente de Sacyr Luis del Rivero. La causa se sigue también contra el presidente de la compañía Manuel Manrique.

"La presente instrucción permite tener por indiciariamente acreditadas las entregas de dinero en efectivo por un total de 200.000 euros efectuadas por Luis Bárcenas al gerente regional del PP de Castilla-La Mancha, el imputado José Ángel Cañas, el 12 de febrero de 2007 y el 28 de marzo de 2007 por haber sido las mismas documentadas en el recibo manuscrito por el mismo y que obra aportado al Juzgado, sobre el que se practicó prueba pericial caligráfica que ha confirmado la letra y firma del imputado Cañas en dicho documento o recibí".

El magistrado destaca las "vaguedades, inconsistencias e incoherencias" en las que incurrió Cañas en la declaración exculpatoria que prestó en su comparecencia judicial sin ofrecer una "explicación lógica y racional" a estos hechos.

Añade que el receptor del dinero, José Ángel Cañas, ocupaba la gerencia regional del PP de Castilla-La Mancha, siendo el tesorero regional en la época el imputado Lamberto García, quien tuvo una "participación decisiva en todas las fases del expediente de contratación, al haber presidido la Mesa de Contratación y haber representado al Ayuntamiento en la firma del Protocolo con SUFI y el Comité de Empresa en la fase de ejecución del contrato, formando también parte de la Junta de Gobierno del 23 de mayo de 2007 que ratifica el contenido del protocolo".

Las irregularidades y anomalías del contrato

En su auto, el juez repasa además todas las diligencias de investigación practicadas hasta el momento que han constatado las "irregularidades" y "anomalías" que rodearon a la fase de iniciación y ejecución de este expediente público.

“No se aportó justificación de la elección del procedimiento de contratación elegida ni se motivó su necesidad, y tampoco se aportó un certificado de insuficiencia de medios que justificaran la contratación", añade, apoyándose en el informe confeccionado por la unidad de auxilio judicial de la Intervención General del Estado (IGAE).

"La adjudicataria presentó su informe de análisis de las ofertas presentadas al procedimiento excediendo el plazo de 18 días naturales a que se había comprometido en su oferta, sin que conste penalización económica por parte del Ayuntamiento como se establecía en el pliego", concluye el auto, de 190 páginas.

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