Anulada otra multa contra el diputado Llorente por participar en una concentración

El parlamentario regional de Podemos no tendrá que pagar la sanción de 302 euros que le fue impuesta en 2013 tras ser identificado como impulsor de la manifestación para apoyar a una imputada por la ocupación del Ateneo de Guadalajara.

GUADALAJARA.- El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Guadalajara ha vuelto a dar la razón a David Llorente, actual diputado de Podemos en las Cortes de Castilla-La Mancha, anulando de nuevo una sanción que le había sido impuesta por manifestarse, en este caso frente a los Juzgados de la capital en octubre de 2013. Una multa, cuyo importe era de 302 euros, que el juez ha decidido retirar "por no ser ajustada a Derecho"

La sanción le fue impuesta a raíz de su participación en una concentración, frente a los tribunales de Guadalajara, para apoyar a una imputada por la ocupación del 'Ateneo'. Según la denuncia, Llorente fue identificado como "la persona que inició y dirigió los eslóganes durante los treinta primeros minutos de la concentración". 

En su recurso Llorente argumentaba la vulneración del derecho a la presunción de inocencia, la falta de razonamiento de la prueba y de motivación. Aspectos que destaca también en su sentencia el juez, que recordando su propia sentencia de 20 de junio de 2016, explica que "aun cuando se pudiera tener por cierto que el ahora demandante hubiese fijado algún cartel o coreado eslóganes, ello no puede erigirle ‑sin más‑ en el concepto de promotor u organizador de la concentración".

Y aunque precisa que quizás, aun no siendo el caso, el "ser portador de dispositivos de megafonía o un paquete de carteles que eventualmente distribuyera entre los asistentes, podría propiciar tenerle por conductor o cabecilla de la protesta", sin embargo, "nada de ello consigna el expediente administrativo remitido al Juzgado". 

Por ello, continúa, el mero hecho de fijar algún cartel que otro o corear eslóganes, participando de un sentimiento común aglutinado por la convocatoria en las redes sociales "no supone la incardinación en la conducta infractora" por la que había sido sancionado, de ahí que estime el juez el recurso contencioso-administrativo presentado por Llorente, anulando así la sanción. 

Sentencia que anula la sanción a David Llorente

NO ES LA PRIMERA

Cabe recordar que esta no es la primera ocasión en la que los tribunales anulan una sanción impuesta a Llorente, por motivos similares. Precisamente el pasado mes de julio, el mismo Juzgado anulaba la multa que se le había impuesto desde la Subdelegación del Gobierno en Guadalajara, al frente de la cual estaba entonces el ‘popular’ Juan Pablo Sánchez Sánchez-Seco, por participar en una manifestación no comunicada en la huelga general de noviembre de 2012 en Azuqueca de Henares. 

Entonces a Llorente se le atribuyó la responsabilidad de que numerosas personas acudiesen a la convocatoria. El juez, sin embargo, anuló la multa al considerar que "no acaeció ninguna alteración significativa del orden público en un contexto de por sí propicio a la protesta o la reivindicación como es una jornada de huelga general", de modo que la sanción no se ajustaba a Derecho. 

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