Inhabilitado durante 7 años por prevaricación el alcalde popular de Lagartera 

El Juzgado número 3 de Talavera de la Reina ha condenado al regidor lagarterano, el popular José Vicente Amor, a siete años de inhabilitación en cargo público al considerar probado un delito de prevaricación en comisión por omisión, al no clausurar una granja porcina propiedad de un compañero y exconcejal del PP, tal y como había decretado el anterior alcalde. 

Inhabilitado durante siete años para empleo o cargo público, ésta es la condena que el juzgado de lo Penal número 3 de Talavera de la Reina ha dictado para el alcalde del PP de la localidad toledana de Lagartera, José Vicente Amor, como autor responsable de un delito de prevaricación en comisión por omisión.  

Una sentencia que aún no es firme, puesto que puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Toledo, en la que se le condena por su intervención en tres expedientes administrativos, en uno de los cuales no habría dado cumplimiento a una decisión adoptada en 2011 por el anterior alcalde, que decretaba la clausura de una granja porcina, algo que según recoge la sentencia Amor no habría llevado a cabo para beneficiar a un compañero de partido; y en otro expediente permitía que siguiera en funcionamiento otra instalación ganadera que también debería haber cerrado. 

Según recoge la sentencia, difundida por el despacho Bermúdez Abogados, se consideran como hechos probados que el alcalde de Lagartera no llevó a efecto la resolución dictada por el anterior Gobierno municipal, la cual se hizo firme al no haberla recurrido el propietario de la explotación ganadera, quien también era entonces concejal del Ayuntamiento de Lagartera en la oposición, Juan Andrés Igual. 

Asimismo considera probado que a su llegada a la Alcaldía, Amor permitió la apertura de una granja sobre la que ya pesaba un expediente al no disponer de licencia de obras ni de actividad. No obstante, y a pesar de las "diversas denuncias de los vecinos al continuar su propietario realizando obras", el Ayuntamiento no adoptó ninguna medida, salvo la declaración de lesividad en un expediente del 28 de junio de 2012. Se dejaron transcurrir en exceso los dos meses preceptivos para la interposición de demanda contencioso-administrativa, la cual no fue presentada hasta el 10 de abril de 2013, cuando los vecinos interpusieron una reclamación previa a la vía judicial para la clausura de la granja. 

Una reclamación que, recoge la sentencia, no recibió contestación, por lo que en junio de 2013 se interpuso el recurso contencioso-administrativo. 

El juez considera así que el regidor lagarterano inventaba "un supuesto procedimiento para declarar lesivos ambos expedientes" y de este modo "no tener que cumplir lo acordado, conculcando la legalidad vigente". 

"Justicia con los vecinos" 

Desde el despacho Bermúdez Abogados consideran que esta decisión "hace justicia" y demuestra que el actual alcalde, "de una forma consciente, deliberada y arbitraria" intentó beneficiar a un exconcejal del Ayuntamiento y compañero de partido "en contra de la legalidad y contra los interese de los vecinos que durante seis años llevan soportando los olores, insalubridades y molestias de dos granjas, una que no debió abrir y otra que debió cerrar". 

En nota de prensa apuntan que los vecinos, "con su constancia y soportando los gastos en procedimientos judiciales, están consiguiendo que los tribunales obliguen al Ayuntamiento a cumplir con la legalidad". Por ello confían en que con esta sentencia "el alcalde deje de gastar dinero público para defender intereses particulares". 

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