El TSJ anula el artículo de la ordenanza que prohibía el circo con animales en Talavera 

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia ha estimado el recurso interpuesto por la Asociación Circos Reunidos contra la norma municipal al considerar que afectaba "a la libertad de empresa y a la libre circulación". El Ayuntamiento estudia un posible recurso ante el Supremo. 

TOLEDO.- La prohibición del Ayuntamiento de Talavera de la Reina (Toledo) de instalarse en la ciudad a circos que utilicen animales para el espectáculo ha sido anulada por los tribunales, después de que la Asociación Circos Reunidos recurriese el artículo que lo regula en  la ordenanza municipal aprobada en enero de 2017. 

Un recurso interpuesto después de que al Circo Gottani –el mismo que el pasado 2 de abril veía cómo moría en la A-30 uno de sus elefantes tras sufrir un accidente el camión en el que era transportado junto a otros cuatro ejemplares- se le denegase por parte del Ayuntamiento la licencia para actuar en la ciudad en abril del año pasado, a pesar de que ya habían instalado sus carpas en unos terrenos privados. 

Así se desprende de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha por la que se anula un artículo, en concreto el 7.27, de la ordenanza municipal de Talavera de la Reina sobre la protección de animales domésticos y de espectáculos públicos y para su tenencia, aprobada el pasado mes de enero.  

Un artículo que la Sala de lo Contencioso-Administrativo sección 1ª del TSJCM, considera que excede las competencias municipales, apuntando que incluso iría "más allá" de la futura ley de Bienestar Animal, cuyo anteproyecto se ultima, al no limitarse únicamente a la prohibición de fauna "salvaje y silvestre", haciendo extensiva la prohibición a todo tipo de animales. 

Una sentencia en la que se reconoce que "la competencia para prohibir este tipo de espectáculos de manera general es de las comunidades autónomas", aunque "sin perjuicio" de la posibilidad de que el Ayuntamiento pueda "regular e impedir" su celebración "en casos muy concretos", siempre y cuando se cumplan determinados condicionantes legales, como la crueldad hacia los animales, malos tratos o que se produzca la muerte del animal. 

Pero además, la Sala afirma que el hecho de que se regule en el ámbito autonómico el anteproyecto de ley de Bienestar, Protección y Defensa de los Animales de Castilla-La Mancha, en cuyo artículo 5 se prohíbe la utilización de especies pertenecientes a la fauna silvestre y salvaje en circos itinerantes, esto "no legitima el texto de la ordenanza", puesto que esta norma todavía no está en vigor. 

No obstante, sobre esta futura norma advierte también que en ella se evidencia que un ayuntamiento no puede pretender por decisión propia incluir "una prohibición de tal magnitud", recoge el fallo, dadas las repercusiones que supone "en la libertad de circulación y protección del medio ambiente", yendo así más allá que la propia ley autonómica. 

De este modo da la razón a la Asociación Circos Reunidos, que defendía que el artículo de la ordenanza municipal ahora anulado se prohibía una actividad legal, no habiendo a su juicio motivo que la amparase, al tiempo que se afectaba "a la libertad de empresa, a la libre circulación y al derecho al trabajo de numerosas personas que trabajan en el circo, no solamente artistas". 

En su opinión también dicho artículo vulneraba la Constitución y otras normas de rango superior, como la ley para la Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial, la cual exige "el respeto para las artes del espectáculo", entre las que se encuentra el circo, o la ley del Patrimonio Histórico Español. 

Asimismo el TSJCM condena al Consistorio talaverano al pago de mil euros en concepto de costas procesales. 

VICTORIA Y AMENAZA CON EL CONSTITUCIONAL 

Para Circos Reunidos, esta sentencia –contra la que cabe recurso ante el Supremo- supone "una victoria más" que se suma a otras en similares términos, que establecen que un ayuntamiento "no puede prohibir la instalación de circos con animales". 

Su portavoz, Nacho Pedrera, asegura que el sector está cansado del "acoso permanente" al que está sometido y afirma que sus animales "cumplen con toda la normativa de bienestar animal europea, el núcleo zoológico y el convenio Cites". Ejemplares que "tienen grandes recintos para correr y jugar, son nacidos en cautividad, tienen veterinario las 24 horas del día y son entrenados con premios y cariño", pasando además "con éxito" todas las inspecciones veterinarias y del Seprona de la Guardia Civil. 

Pero además de celebrar este reconocimiento judicial, desde la Asociación Circos Reunidos advierten que en caso de que la futura ley de Bienestar Animal prohíba esta actividad en toda la región, acudirán al Tribunal Constitucional "por estar vulnerando el libre acceso a la cultura, el derecho al trabajo y a la libre empresa". 

EL AYUNTAMIENTO PODRÍA RECURRIR 

Y si desde Circos Reunidos se han dado prisa en anunciar el fallo judicial, desde el Consistorio talaverano la respuesta tampoco se ha hecho esperar, y anuncian que están estudiando recurrir la sentencia. 

Así lo señalaba la portavoz del equipo de Gobierno, María Rodríguez, quien explicaba que los servicios jurídicos municipales están estudiando la sentencia para determinar si se recurre ante el Supremo. 

Por su parte desde la oposición, la portavoz de Ganemos Talavera, Sonsoles Arnao, subrayaba que tras esta sentencia queda clara la necesidad de "una legislación específica autonómica que certifique esta prohibición para los circos". 

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