Castilla-La Mancha multa hasta con 60.000 euros a los apartamentos turísticos ilegales

El Gobierno autonómico aprueba el decreto que regula este sector en expansión y que desde 2010 permanecía sumido en un vacío legal. Se calcula que en la región existen más de 2.000 viviendas y alrededor de 600 pisos de uso turístico, que suman 21.000 plazas.

TOLEDO.- La regulación de los apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico llega finalmente a Castilla-La Mancha, cubriendo el vacío legal existente hasta ahora en el sector. Concretamente, el Gobierno que preside Emiliano García-Page ha dado hoy luz verde al decreto que ordena este tipo de alojamientos, el cual prevé sanciones de hasta 60.000 euros para los establecimientos que no declaren el inicio de la actividad, la suspensión durante varios ejercicios o la clausura por un periodo de hasta tres años. 

Se calcula que en Castilla-La Mancha los apartamentos suponen, hoy por hoy, el 18 por ciento de toda la oferta turística, es decir, más de 600 establecimientos con cerca de 6.000 plazas. Por su parte, en el caso de las viviendas de uso turístico resulta difícil conocer la cifra, al no estar regularizadas; sin embargo, si se analizan las páginas en las que se anuncian este tipo de alojamientos, se calcula que existen unas 2.000 en la región, con 15.000 plazas. 

Una decisión del Ejecutivo regional sobre la que ha informado la consejera de Economía, Empresas y Empleo, Patricia Franco, quien ha recordado que desde que en 2010 el Ejecutivo central derogara el decreto que regulaba este sector a nivel estatal son las comunidades autónomas las que tienen estas competencias. Un sector que en estos ocho años ha venido expandiéndose en Castilla-La Mancha sin contar con regulación alguna, suponiendo en algunos lugares como Toledo o Cuenca una fuerte competencia para el sector hotelero. 

Por ello, Franco ha querido subrayar el carácter consensuado de este esperado decreto, con el que se pretende también luchar contra el intrusismo, al tiempo que permitirá hacer aflorar una actividad económica muy notable y que hasta ahora había permanecido oculta

Y es que si hasta ahora buena parte de los ingresos obtenidos por el arrendamiento de estos apartamentos o viviendas quedaba en el ámbito de la economía sumergida, el reconocimiento y registro como actividad económica hará que no solo afloren esos recursos sino que también se lleve un control y se tribute sobre los mismos. 

Así, el decreto recoge que la empresa o el titular de la explotación del apartamento turístico o de la vivienda de uso turístico deberá expedir y entregar a los usuarios, o en su caso a las empresas de intermediación turística, la correspondiente factura, conforme a lo previsto en la normativa reguladora de las obligaciones en materia de facturación

Facturas cuyos duplicados deberán ser conservados, estando a disposición de los órganos competentes de la Administración turística regional durante cinco años. 

A partir de su entrada en vigor, los propietarios de apartamentos turísticos tendrán un plazo de dos años para registrarse, mientras que para las viviendas de uso turístico los plazos se acortan a solo un año. 

Apartamentos turísticos y viviendas de uso turístico que deberán dedicarse exclusivamente a esta actividad de alojamiento de modo habitual, no pudiendo utilizarse como residencia permanente ni con cualquier otra finalidad distinta del uso turístico. 

No obstante, quedan excluidos del ámbito de aplicación de esta norma, las viviendas que, por motivos vacacionales o turísticos, se cedan sin contraprestación económica, y las diferentes modalidades de alojamientos rurales, los cuales se regirán por lo dispuesto en su normativa específica, tal y como recoge el decreto. 

Entre los requisitos que se exigirán a esos alojamientos extrahoteleros que ahora se comienzan a regular, se encuentra el cumplimiento de la normativa vigente en materia de medio ambiente, construcción y edificación, así como de accesibilidad, instalación y funcionamiento de maquinaria, insonorización, sanidad e higiene, seguridad, prevención de incendios y propiedad horizontal, entre otros. 

Asimismo, tanto apartamentos turísticos como viviendas de uso turístico tendrán que llevar un registro de viajeros, como al que están obligados los hoteles. Hasta ahora, al carecer de regulación al respecto, no se podía llevar un control de quiénes se alojaban en este tipo de alojamientos, algo que ahora será posible gracias a los registros que se establecerán a tal efecto, incidiendo así en la seguridad. 

Por otra parte, también estos establecimientos deberán disponer en sus instalaciones de información turística para sus clientes, plano de la localidad, información de servicios médicos, comercios, zonas de ocio, guías de espectáculos, así como información de los aparcamientos existentes en la zona y transporte urbano. 

Además, deberán disponer de hojas de reclamaciones a disposición de los usuarios, así como un cartel anunciador de las mismas en un lugar visible. 

En el decreto ahora aprobado, se establecen las categorías y requisitos mínimos que deberán tener este tipo de alojamientos, que en el caso de los apartamentos turísticos se identificarán mediante llaves.  

Requisitos de todo tipo, que van desde las superficies mínimas al equipamiento que deberán tener, tanto en los propios alojamientos como en las zonas comunes –en caso de haberlas-. Ascensor si el inmueble tiene más de tres plantas, ropa de cama y menaje, disponer de botiquín o incluso ofrecer conexión a internet wifi (en el caso de las viviendas de uso turístico) son algunas de las exigencias recogidas en la norma. 

Tanto unos como otros deberán estar identificados en el exterior mediante una placa distintiva normalizada, que permitirá su identificación. Así, los apartamentos turísticos deberán exhibir un aplaca con la inscripción 'AP', mientras que las viviendas de uso turístico se identificarán con la inscripción 'VUT'. 

INSPECCIONES ALEATORIAS

Para el supervisar el cumplimiento de lo establecido en este decreto, desde los servicios de inspección de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo se ejercerán las funciones de comprobación y control. Una decena de inspectores, dos por cada provincia, escogerán una muestra aleatoria de empresas y realizarán las comprobaciones 'in situ'

Para quienes incumplan la norma, se aplicará el régimen sancionador que se rige por lo dispuesto en el título IX de la Ley 8/1999, de 26 de mayo, de ordenación del turismo de Castilla-La Mancha. 

Con este decreto, subrayaba la consejera, se desarrolla una legislación "más favorable y transparente", enmarcada en un ámbito de libertad empresarial y compatible con el respeto de unos estándares de calidad mínimos. Asimismo, moderniza las relaciones entre las personas usuarias y los titulares de los apartamentos y viviendas turísticas en materia de precios, contratos, reservas, anticipos y cancelaciones; y agiliza las relaciones de los titulares de estos alojamientos turísticos con la Junta, mediante la implantación de la administración electrónica. 

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