Condena al Sescam por vulnerar el derecho a la igualdad de sus interinos al recortarlo Cospedal en 2012

  • Una sentencia reconoce el complemento por carrera profesional al personal temporal del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, algo que solo venían percibiendo los fijos al suspender el PP el proyecto que iba a enmendar esta discriminación.
  • Se estima que unos 3.000 interinos se beneficiarían de este fallo, por lo que desde Comisiones Obreras piden a la Junta que "liquide de oficio" las cantidades adeudadas a todos ellos, para evitar tener que recurrir a procesos judiciales individuales.

TOLEDO.- El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Toledo ha reconocido el derecho del personal estatutario interino del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) a cobrar el complemento de carrera profesional en las mismas condiciones que el personal estatutario fijo.

Una sentencia que ampararía así los intereses de alrededor de 3.000 interinos en la región, respecto al periodo comprendido entre los años 2007 y 2012, fecha en la que el Ejecutivo autonómico del Partido Popular suspendió el desarrollo de la carrera profesional, medida adoptada en el marco de la ley 1/2012, de 21 de febrero, de Medidas Complementarias para la aplicación del Plan de Garantías de Servicios Sociales, instrumento del que se sirvió la entonces presidenta regional, con la mayoría absoluta de la que disfrutaba en las Cortes, para aplicar toda una serie de recortes.

Ahora, esta resolución judicial termina con la "discriminación" a efectos económicos que existía entre fijos e interinos, al considerar que se ha vulnerado el artículo 14 de la Constitución, al ser la igualdad un derecho fundamental.

Y es que aun con un grado de carrera profesional reconocido, a los interinos del Sescam se les niegan los efectos económicos del mismo.

Sentencia sobre la que han informado en rueda de prensa desde el sindicato Comisiones Obreras, cuyas secretarias generales de Acción Social, Carolina Vidal, y de la Federación de Sanidad, Chelo Cuadra, han subrayado el "obligado cumplimiento" de esta resolución judicial, aunque puede ser recurrida en apelación por la Administración regional ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

Administración a la que se ha pedido que "cuantifique y liquide de oficio" las cantidades que adeuda a todos los interinos del Sescam afectados por esta sentencia, con el fin de evitar tener que emprender procesos judiciales individuales para reclamar su derecho a percibir la remuneración económica que corresponde al grado de carrera profesional que tengan reconocido.

Algo que hacía el pasado mes de septiembre una enfermera‑DUE que lleva trabajando como interina en el Sescam desde 1995 y tiene reconocidos los grados I y II de la carrera profesional. Sin embargo, explicaban desde el sindicato, en Castilla-La Mancha este reconocimiento no conlleva la percepción del complemento económico correspondiente "hasta que no adquiera fijeza".

De este modo, tras acumularse jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Supremo sobre la aplicación del principio de igualdad a temporales e indefinidos en las administraciones públicas, y en concreto a los servicios de salud, esta enfermera reclamó por vía administrativa su complemento de carrera profesional.

Una petición que fue denegada por el Sescam, tras lo que acudió a la asesoría jurídica del sindicato para interponer la demanda por la vía judicial contencioso‑administrativa, en protección del derecho fundamental a la igualdad.

En la sentencia dictada ahora se recalca el hecho de que al negar a los interinos los derechos económicos asociados a la carrera profesional el Sescam vendría incurriendo en "una evidente diferencia de trato entre el personal estatutario temporal y el personal estatutario fijo" que no estaría justificada, conculcando así el derecho a la igualdad, "con la consiguiente vulneración del artículo 14 de la Constitución".

Es por ello que el juez reconoce a esta enfermera a percibir el complemento de carrera que tiene reconocido desde cuatro años antes de la presentación de su reclamación "en la misma forma que se abona a los estatutarios fijos", señala la sentencia.

Así, establece además que por los atrasos de esos años, el Sescam deberá abonar más de 17.000 euros a la demandante a la que además se le reconocen "los correspondientes derechos administrativos y de Seguridad Social".

Desde el sindicato consideran que la sentencia es "muy ordenada y muy clara", al establecer que "no puede haber discriminación entre temporales e indefinidos".

SUSPENDIDA POR COSPEDAL

Han recordado así que la carrera profesional, que reconoce a los profesionales de forma individual su experiencia, investigación y cumplimiento de objetivos fijados, empezó a desarrollarse a finales de 2006 tanto para personal diplomado como licenciados, de Formación Profesional y de Gestión y Servicios, quedando suspendida en 2012 por el Gobierno regional del Partido Popular, presidido entonces por María Dolores de Cospedal.

Una carrera profesional que, ha recordado Cuadra, sigue suspendida y "en la hoja de ruta del Gobierno regional y del Sescam no parece que esté la idea de renegociar". Sin embargo, ha continuado, "dada la jurisprudencia y el contexto económico, ya toca recuperarla". Más aún, ha insistido la secretaria general de la Federación de Sanidad del sindicato, con esta sentencia que "viene a avalar esa pelea por la recuperación de derechos".

Y es que a pesar de la recuperación de derechos experimentada a partir de 2015 para el personal estatutario, la carrera profesional es "el gran derecho que nos queda aún por recuperar". Algo que confían no se deba producir "por la vía judicial", sino "por la negociación" y que esto suceda "más pronto que tarde".

Respecto al número de afectados, desde el sindicato reconocen que en estos momentos no tienen una cifra exacta. Se estima que en el año 2011 podría haber unos 30.000 trabajadores, de los cuales "en torno al 10 por ciento interinos", apuntaba Cuadra, quien detallaba que "de esos posibles 3.000, puede haber que los haya que no tuvieran reconocido ningún grado y, por tanto, sean menos los que tengan esos derechos".

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