Condenado un ayuntamiento toledano del PP sostenido por Vox al despedir a una mujer por su discapacidad

  • El Consistorio de Cervera de los Montes debe pagar a la trabajadora el salario que dejó de percibir desde su despido, ahora declarado nulo, hasta la fecha prevista de finalización del contrato, así como indemnizarla con 2.000 euros por daños morales.
  • Desde el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha se considera probado que el Ayuntamiento vulneró su derecho fundamental a la no discriminación al echarla de su puesto laboral por su condición de persona discapacitada.

TOLEDO.- El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha condenado al Ayuntamiento de Cervera de los Montes (Toledo) por despedir a una de sus trabajadoras por su condición de persona con discapacidad. Un escándalo laboral protagonizado por su equipo de Gobierno del Partido Popular que, la legislatura pasada, cuando sucedieron los hechos, disponía de mayoría absoluta en esta pequeña localidad de quinientos habitantes y que ahora, tras las elecciones locales de mayo del año pasado, mantiene el bastón de mando gracias a la formación ultraderechista Vox.

Así pues, el Consistorio que preside el conservador Pedro Pérez deberá abonar a esta mujer los salarios que dejó de percibir desde el día de su despido, que ahora ha sido declarado nulo, hasta la fecha de finalización del contrato, más una indemnización de 2.000 euros por daños morales y por vulneración de su derecho fundamental a la no discriminación.

Un despido que se producía en el verano de 2018, cuando el Ayuntamiento ofertaba dos plazas para atender la taquilla de la piscina municipal durante la temporada estival. Tras el proceso de selección, a las dos personas elegidas se les hicieron sendos contratos desde el 23 de junio hasta el 7 de julio.

Sin embargo, mientras que a la otra persona seleccionada se le prorrogó el contrato hasta el final de la temporada ‑fijada para el 2 de septiembre‑, a la demandante el Ayuntamiento le comunicaba el 4 de julio que no había superado el periodo de prueba, cesándola tres días después.

A continuación el Consistorio contrataba de forma sucesiva a otras dos personas jóvenes para atender durante aquel verano las taquillas de la piscina municipal.

Según recoge la sentencia, desde el Ayuntamiento no se habría ofrecido "explicación legal suficiente" sobre la razón por la que cesó a la trabajadora, "cuando el otro trabajador contratado al mismo tiempo que ella y con un contrato de igual duración, continuó prestando servicios en un puesto de trabajo idéntico al de la actora" hasta el final de la temporada de piscina.

Es por ello que el alto tribunal castellanomanchego considera que el cese de esta trabajadora no obedeció a una extinción ordinaria y amparada legalmente del contrato, sino a "una decisión empresarial que vulnera su derecho fundamental a no ser discriminada por razón de su discapacidad".

Por ello, en su sentencia, a la que ha tenido acceso PeriódicoCLM, teniendo en cuenta que se trataba de un contrato de duración determinada, cuya extinción ordinaria debió producirse con fecha 2 de septiembre en lugar del 7 de julio en que en realidad se produjo, "los efectos de la readmisión forzosa se han de concretar en el abono de los salarios dejados de percibir y en los ingresos de las correspondientes cotizaciones de Seguridad Social durante este periodo", a razón de 28,23 euros al día.

Asimismo, el Ayuntamiento deberá pagar una indemnización por daños morales. En su demanda, la trabajadora había fijado como cuantía más de 18.500 euros, atendiendo a la sanción de la infracción prevista en el artículo 8.12 Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprobaba el texto refundido de la ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aunque sin explicar "cómo se llega a semejante cifra". Razón por la que la Sala, "atendiendo a un criterio prudencial y en relación con la duración de la relación contractual afectada", así como "la inexistencia de antecedentes previos" y el hecho de que "se concrete a una sola trabajadora", ha decidido fijar el importe de la indemnización en 2.000 euros.

Una sentencia fechada el 6 de febrero con la que se da la razón al sindicato Comisiones Obreras, desde el que se ha apoyado a esta trabajadora en su demanda y posterior recurso, y contra la que únicamente cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Tras conocer la sentencia el Consistorio ha afirmado, en un comunicado, que respeta esta resolución judicial, pero que el despido "jamás han tenido ni tendrán que ver con la condición como persona con discapacidad de nadie", pues "siempre se ha actuado con criterios objetivos y en función de lo aconsejado por los técnicos municipales", pese a que ésto es lo que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha puesto en entredicho. 

DOCUMENTO | La sentencia contra el Ayuntamiento de Cervera de los Montes

DESDE "VAGAS" A UNA PANCARTA NEGACIONISTA

Desde el sindicato recuerdan también cómo el alcalde de esta localidad toledana ya protagonizó otra polémica en 2017, cuando en el pleno municipal del 7 de marzo, víspera del Día Internacional de la Mujer, en el que aseguró que "el 8 de marzo lo celebran las vagas".

El actual secretario del sindicato en la provincia toledana, José Luis Arroyo, que asistió a aquel pleno, lamentó en su cuenta de Facebook haber tenido que escuchar ese comentario machista en boca de un alcalde.

Pérez negó haber pronunciado esa frase y acudió a los tribunales "en defensa de su honor" con la pretensión de obligar a Arroyo de eliminarla de su Facebook; a publicar a su costa en numerosos medios de comunicación la sentencia condenatoria que esperaba obtener, y a abonar una indemnización de 3.001 euros a una ONG.

Sin embargo, al regidor cervereño no le salió bien su intento, y durante la vista quedó probado que sí había dicho aquella frase, por lo que fue condenado al pago de las costas del proceso que él mismo había promovido.

En este sentido, desde Comisiones Obreras, su secretaria toledana de Organización, Mayte García Cabañas, recuerda que Pérez "es reincidente en sus ataques a la igualdad y en sus actos discriminatorios en contra de las personas más vulnerables", como en el caso de esta trabajadora que "suma a su condición de mujer el hecho de ser una persona con discapacidad".

García Cabañas advierte así sobre las "discriminaciones múltiples" que sufren personas que reúnen diversas condiciones "de género, de opción sexual, de raza, de discapacidad" que las hacen "especialmente vulnerables".

Precisamente justo el año pasado, durante la celebración del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres que tuvo lugar el 25 de noviembre, del Ayuntamiento de Cervera de los Montes se colgó ‑a iniciativa de Vox y con el consentimiento del PP‑ una pancarta con un mensaje negacionista de la violencia machista, en la que se podía leer "La violencia no tiene género". Este cartel, con el fondo del color verde que emplea el partido de Santiago Abascal y acompañado de una bandera de España, finalmente fue retirado por la polémica que se generó en la región tras ser denunciado en las redes sociales por el secretario de Organización del PSOE en Castilla-La Mancha, Sergio Gutiérrez.

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