La mitad del mes en casa, ordenador gratis y derecho a la 'desconexión': el teletrabajo se queda en la Junta

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado este miércoles las condiciones para que los empleados públicos puedan trabajar a distancia. El decreto entrará en vigor en un mes.
Usuario de un ordenador accediendo a la página de la Junta de Castilla-La Mancha. ARCHIVO
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TOLEDO.- El teletrabajo llegó para quedarse. Los empleados públicos de Castilla-La Mancha podrán realizar hasta la mitad de su jornada laboral en el cómputo mensual mediante vías telemáticas. Es lo que se recoge en el nuevo decreto publicado este miércoles en el Diario Oficial de la comunidad autónoma (DOCM), que regula la prestación de servicios en régimen de teletrabajo en la Administración regional.

El texto ha sido consensuado con los sindicatos, y nace de la necesidad de adaptar la normativa vigente a la realidad actual, en la que gran parte de los funcionarios de la Junta han pasado a trabajar parte de su jornada a distancia debido a la pandemia de la covid-19. Según el Gobierno regional, el decreto tiene como fin principal hacer compatible el derecho al teletrabajo por parte del personal público con el mantenimiento de la calidad de los servicios que se prestan a la ciudadanía.

En cuanto a las condiciones que determina el decreto publicado en el DOCM, se establece que la jornada diaria de los empleados públicos no podrá fraccionarse para realizar en el mismo día servicios presenciales o por teletrabajo. Los días en los que se fijará la prestación de servicios mediante el trabajo remoto los aprobará la persona responsable de la unidad administrativa o del centro de trabajo.

En todo caso, el total de horas de teletrabajo no podrá superar el cincuenta por ciento de la jornada en el cómputo mensual, y será obligatoria la asistencia en el tiempo restante, con un mínimo de dos días a la semana de trabajo presencial. Del mismo modo, las unidades administrativas en las que existan peticiones de esta modalidad deberán contar con una presencia mínima diaria de un tercio de sus efectivos.

El decreto también implanta el registro diario de la jornada, para lo cual se emplearán herramientas informáticas, y que los empleados públicos serán controlados en 'periodos de interconexión' en los que la persona teletrabajadora deberá estar disponible.

La nueva normativa ha sido impulsada por la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, y deroga el texto aprobado en 2013 por el Gobierno de María Dolores de Cospedal.

Del mismo modo, el texto tiene como marco la norma estatal aprobada en septiembre del año pasado por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, en la que se establece que el teletrabajo deberá ser voluntario.

En el nuevo decreto se ha ampliado el derecho al teletrabajo a todos los empleados públicos que puedan desempeñarlo, entre los que se incluye el personal funcionario y laboral, el personal docente no universitario y el personal estatutario del Sescam.

EXCLUIDO PERSONAL DE DIRECCIÓN

El texto publicado especifica que tendrán consideración de puestos que puedan ser realizados mediante teletrabajo "aquellos en los que se realicen funciones de elaboración de informes o propuestas de resolución, estudio y análisis de proyectos", así como las tareas "relacionadas con la gestión de las tecnologías de la información y las comunicaciones".

En ningún caso podrán teletrabajar los empleados de "los puestos de atención directa al público" o los que requieran la presencia física del trabajador. Tampoco tendrán la posibilidad de trabajar a distancia el personal de dirección, coordinación e inspección; ni los jefes de servicio de las unidades administrativas ni aquellos empleados que realicen informes cuya naturaleza sea incompatible con esta modalidad.

Otros aspectos a destacar en la nueva normativa son la implantación de los planes de trabajo individualizados, en los que el responsable de la unidad administrativa o del centro identificará los objetivos a cumplir por la persona que haya solicitado trabajar por vías telemáticas, y que servirán para evaluar su rendimiento. También se mejoran las medidas de salud y seguridad de los teletrabajadores en materia de prevención de riesgos laborales.

DERECHO A LA 'DESCONEXIÓN DIGITAL'

Igualmente, la Administración regional facilitará, en función de la disponibilidad, los medios tecnológicos necesarios para que los empleados que lo pidan puedan teletrabajar. Entre las herramientas que se ofrecerán a los trabajadores públicos se incluye un ordenador personal con las aplicaciones ofimáticas, de trabajo remoto y de ciberseguridad instaladas.

El decreto, al igual que la norma nacional, regula el derecho del personal de la administración pública tendrá derecho a la 'desconexión digital', debiendo garantizarse el respeto a su tiempo de descanso y a su intimidad personal fuera de los periodos de interconexión y de la jornada laboral.

En el caso de que varios empleados de una misma unidad o centro deseen prestar el servicio mediante esta modalidad y por cuestiones organizativas debidamente motivadas no fuera posible que se autorice a todos, tendrán prioridad para teletrabajar las mujeres víctimas de violencia de género y las personas con discapacidad o con una enfermedad que curse con brotes y que le impidan desenvolverse en su vida diaria.

También tendrán prioridad quienes sean padres o tutores de menores de 12 años, familiares con dependencia, discapacidad, enfermedad grave o familias monoparentales; así como quienes vivan en zonas escasamente pobladas o con dificultades de acceso al transporte público.

Asimismo, se fija el posible trabajo no presencial en situaciones extraordinarias y se crea una comisión de seguimiento para hacer evaluaciones periódicas. El decreto entrará en vigor en el plazo de un mes.

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