Cuatro limpiadoras despedidas ilegalmente por Cospedal recuperan su puesto de trabajo

Tras un lustro se les restituye la plaza que les habría correspondido en el proceso de selección, en el que injustamente no les reconocieron los años trabajados para el Ministerio antes de que la Junta asumiera sus competencias.

TOLEDO.- Cinco años han tenido que esperar cuatro trabajadoras de la Consejería de Educación para poder recuperar el puesto de trabajo del que fueron privadas injustamente durante el Gobierno de María Dolores de Cospedal. Dos de ellas ya les han restablecido los derechos que les fueron negados ilegalmente, mientras que otras dos siguen pendientes de que se les adjudique destino. 

Se trata de cuatro limpiadoras que han estado privadas de sus plazas durante un lustro debido a la interpretación contraria a la legalidad que hizo la Junta de Comunidades en el año 2012 de las bases del proceso selectivo de consolidación del empleo del personal laboral de la Administración autonómica abierto en 2010. 

Entonces no le fueron computados los años trabajados para el Ministerio de Educación y Cultura prestando el mismo servicio, sino únicamente los transcurridos desde que la Junta de Comunidades asumiera las competencias en el año 2000. En algún caso hasta diez años que no fueron tenidos en cuenta a la hora de baremar los méritos, y que hicieron que estas mujeres se quedaran en la calle tras más de 20 años limpiando colegios para Educación. 

Sobre el caso de una de ellas se pronunciaba el pasado mes de enero el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCLM), confirmando la sentencia a su favor emitida por el Juzgado en 2014, aunque no ha sido hasta hace unos días, con el inicio del nuevo curso, cuando esta trabajadora se encuentra de nuevo incorporada a su puesto en el colegio de Toledo que le ha sido asignado. 

Un paréntesis de cinco años tras el que vuelve a desarrollar el trabajo con el que empezó en enero de 1990, primero como empleada del Ministerio de Educación y Ciencia, y después, a partir de julio de 2000, cuando se producen las transferencias de Educación a la Junta, como personal laboral de la Consejería de Educación. 

Con ambas administraciones esta trabajadora estuvo limpiando colegios toledanos hasta quedar fuera del listado de aspirantes aprobados en el proceso de consolidación de empleo de la Junta, pese a haber superado con solvencia la primera fase, consistente en responder un cuestionario de respuestas alternativas. Sin embargo, en la fase de valoración de méritos, la Administración regional no le computó los años en los que estuvo limpiando colegios para el Ministerio, sino únicamente los trabajados tras pasar las competencias a manos de la Junta. De este modo, en la suma total de puntos, no obtuvo los suficientes para consolidar la plaza. Otros aspirantes quedaron por delante de ella, y esta trabajadora fue despedida.

Ahora, con sentencia firme del TSJCLM, esta trabajadora ha conseguido que se le reconocieran y computaran los años trabajados para el Ministerio, de modo que una vez rebaremados los méritos, se le ha adjudicado la plaza como personal laboral fijo de la Consejería de Educación que debió ocupar desde marzo de 2012. 

Sentencia favorable a limpiadora despedida ilegalmente por Cospedal

TRES AÑOS CON SENTENCIA A SU FAVOR 

Desde Comisiones Obreras recuerdan que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo ya dio la razón a esta trabajadora hace tres años, señalando entonces que la decisión de no valorarle los años trabajados para el Ministerio de Educación y Ciencia no era ajustada a derecho, debiendo la Administración proceder a otorgarle la puntuación correspondiente, y en caso de haber podido obtener plaza por delante de otros participantes en el proceso selectivo al que concurrió, le deberían haber sido repuestos "cuantos derechos económicos y administrativos se le hubiesen dejado de otorgar, y con efectos desde el día en que le hubiese correspondido". 

Sin embargo, la Administración regional del Partido Popular recurrió en apelación al alto tribunal castellano‑manchego, alegando que una de las bases de la convocatoria del proceso selectivo disponía que en la fase de concurso se valorarían "los servicios prestados en la Administración de la Junta de Comunidades", pero no los prestados en el Ministerio de Educación. Argumentos que no han sido tenidos en cuenta, y ha sido considerada injusta la interpretación realizada por el departamento que entonces dirigía Marcial Marín.  

En su sentencia, el TSJCLM es tajante, al subrayar la "sustancial identidad" del trabajo realizado por esta trabajadora para ambas administraciones. De hecho, cuando el Gobierno regional asumió las competencias de Educación, se subrogaron los contratos de las personas que, como esta empleada, venían trabajando hasta entonces para el Ministerio. Por ello, que no se valorara el periodo que esta limpiadora trabajó para el Ministerio de Educación vulnera el principio constitucional de igualdad

Entre las alegaciones planteadas por la Junta en 2014, también se argumentaba que las bases no fueron recurridas, y que, por tanto, era "la ley del concurso". Una cuestión sobre la que también se pronunciaba el TSJCLM, señalando que las bases son tales "en la medida en que sean conformes al ordenamiento jurídico" y añade que "la falta de impugnación de las bases no subsana las ilegalidades que puedan contener". 

De este modo, el alto tribunal castellano‑manchego ratificaba el pasado mes de enero la sentencia dictada al respecto por el Juzgado en el año 2014.  

Este es el cuarto caso que gana Comisiones Obreras, desde el que se asumió la batalla legal ante esta injusticia, por los mismos hechos, motivos y fundamentos. Según explica la responsable de personal laboral de CCOO-Enseñanza, Ana Delgado, "en todos los casos las trabajadoras fueron injustamente privadas de sus plazas como personal laboral fijo de la Consejería de Educación, tal y como han sentenciado los tribunales, dando la razón a los servicios jurídicos del sindicato". 

Dos de estas mujeres, ambas de Toledo, han vuelto ya por mandatos judiciales firmes a los empleos que debían ser suyos desde hace años, y han recuperado también los derechos económicos dejados de percibir desde entonces. 

Las otras dos, trabajadoras de la limpieza de la Delegación de Educación en Cuenca, también tienen ya ganadas sus sentencias en primera instancia. Así, a la vista de la respuesta del TSJCLM a su recurso de apelación en el caso de una de las trabajadoras de Toledo, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ha decidido no recurrir estas sentencias, por lo que también ya son firmes. Queda únicamente pendiente la adjudicación de sus plazas. 

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