TOLEDO.- El cáncer es una de las principales causas de muerte en el mundo y representa uno de los grupos de enfermedades que mayor importancia tiene para la ciudadanía.

El tabaco, el alcohol, la luz solar, la contaminación ambiental, el sedentarismo o la radiación de alta energía, como los rayos X, son considerados los principales factores de riesgo. Agentes cancerígenos tras los que, en buena parte, se encuentran las más de 10 millones de muertes al año en el mundo.

Frente a ellos las principales armas, eficaces y ampliamente conocidas por la ciudadanía, son tener unos hábitos de vida saludable, practicar ejercicio físico con cierta frecuencia, seguir una dieta equilibrada y eliminar el consumo de tabaco.

Sin embargo, cuando el agente cancerígeno forma parte de la actividad laboral, son otros los factores que entran en juego, al no contar con tanta información al respecto, ser menos conscientes de su peligrosidad o bien las dificultades que presentaría su eliminación en la actividad productiva.

A todo ello se suma la dificultad existente para concretar la carga de cáncer atribuible al trabajo, si bien se estima que es la principal causa de muerte relacionada con la actividad laboral en la Unión Europea.

Conocer con exactitud el número de cánceres atribuibles al trabajo, así como el cálculo de su coste sanitario, no solo pone de manifiesto la envergadura real del problema, evitando que muchos de los casos no se declaren; sino que debe servir para establecer una asignación adecuada de recursos sanitarios, humanos y materiales, y acompañarlo de una serie de medidas públicas y privadas para su prevención.

Según el último informe elaborado al respecto por el Ministerio de Sanidad, 'Carga de cáncer atribuible al trabajo y su coste sanitario en España en 2015', en Castilla-La Mancha el mayor número de ingresos entre los hombres se debió a cánceres de pulmón, vejiga y colon; mientras que en el caso de las mujeres las hospitalizaciones más frecuentes por cáncer atribuible al entorno laboral fueron a causa de neoplasias de mama, mesoteliomas y cánceres de pulmón.

Ingresos por cánceres atribuibles a exposiciones laborales que fueron 555 entre los hombres y 124 entre las mujeres, suponiendo un coste sanitario directo superior a los 5,3 millones y 1,08 millones de euros, respectivamente. Cifras que contribuyen a mostrar la magnitud de un problema al que se debe hacer frente de forma decidida.

Es por ello que además de seguir las recomendaciones generales para la prevención del cáncer, la población trabajadora debe ser objeto de acciones y medidas de prevención adicionales, que se ajusten a las características y condiciones de su puesto de trabajo y actividad.

PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN

Prevención de riesgos que es cosa de todos y que forma parte de la actividad que debe desarrollarse en el ámbito de la empresa.

Un proceso en el que todas las partes deben estar implicadas, desde la empresa, que debe cumplir su deber de protección; al personal especializado del servicio de prevención y la propia población trabajadora, que bien de forma directa o bien a través de sus representantes deben demandar y adoptar las medidas preventivas más adecuadas frente al riesgo.

Para prevenir este tipo de riesgos en el ámbito laboral existe una normativa de obligado cumplimiento, de la que solo queda al margen la exposición a fibras de amianto, agente cancerígeno que dispone de reglamentación propia.

Esta norma general es el Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, marco que se encuentra en constante actualización al ir incorporando sustancias, mezclas y procedimientos con la condición de cancerígenos.

Muestra de esta continua actualización es la incorporación, en el año 2015, de la exposición a polvo de maderas duras, tanto de origen tropical como de otras variedades como el cerezo, el haya o el roble, tan frecuentes en Castilla-La Mancha, como agente cancerígeno.

Otra incorporación a este catálogo fue la que se produjo en 2020, cuando se añadió la exposición al polvo respirable de sílice cristalina. Un agente no solo presente en la minería, sino que afecta a múltiples oficios de la construcción, la industria cerámica y otros.

Por su parte, hace tan solo unos días, concretamente el 15 de junio, el Consejo de Ministros aprobaba nuevas inclusiones, entre ellas la exposición inhalatoria de emisiones de motores diésel y la exposición cutánea a aceites minerales utilizados en la lubricación y refrigeración de motores.

Un extenso elenco de agentes cancerígenos que deben ser identificados por la empresa en su proceso productivo, para poder así llevar a cabo una evaluación de riesgos, siempre desde el enfoque de la prudencia extrema.

De este modo, siempre que sea posible técnicamente, la medida obligatoria será sustituir el producto cancerígeno o proceso que lo genere, por otro que no sea peligroso, o cuanto menos, lo sea en menor medida.

En este sentido, es necesario tener en cuenta que, a diferencia de otros agentes químicos en los que los efectos tóxicos dependen de la dosis, en el caso de los cancerígenos, dichos efectos tienen una componente probabilística, pudiendo producirse aún en el caso de dosis de baja exposición.

Por otra parte, si la sustitución del agente no es viable, el proceso productivo deberá realizarse en sistema cerrado o, en caso extremo, aplicando el principio ALARA, consistente en la reducción al nivel técnicamente más bajo posible.

Medidas de prevención que, si bien son esenciales para toda la población trabajadora, resulta especialmente necesaria, así como frente a los mutágenos, para las trabajadoras embarazadas o en situación de lactancia natural, que en ningún caso podrán realizar actividades en las que la evaluación de riesgos concluya que existe riesgo de exposición que ponga en peligro su salud, la del feto o la del lactante.

Pero junto a esa labor previa de evaluación y determinación de riesgos, existen otras medidas que se deben adoptar desde el punto de vista práctico.

Una de ellas es el etiquetado de los envases de productos, lo cual facilita información que permite identificar la presencia de agentes cancerígenos. Así, por ejemplo, la indicación H350 advierte sobre la clasificación del producto como carcinógeno para las personas, mientras que si la indicación que aparece es H351, se está señalando que el producto es sospechoso de ser, de igual modo, carcinógeno.

Por su parte, si en los envases aparece indicado H360 o H361, estarán señalando que el producto puede dañar la fertilidad o el feto, en el caso del primero; o que es sospechoso de producir estos daños, en el segundo.

Asimismo, la empresa tiene la obligación de recabar la ficha de datos de seguridad de todos los productos utilizados en su proceso productivo o actividad, puesto que dichos documentos, al igual el etiquetado, sirven para ampliar la información, facilitando indicaciones de peligro (frases H) y consejos de prudencia (frases P).

Toda esta información debe ser conocida por la población trabajadora, entre la cual tiene que difundirla la empresa, junto al trabajo especializado que realizan los servicios de prevención. Dos elementos que deben ser el punto de partida de una adecuada gestión de la prevención de este tipo de agentes peligrosos.

JORNADA TÉCNICA

Pero además de todo ello, desde la Administración también se realizan diversas actuaciones de asesoramiento técnico, control y vigilancia que lleva a cabo el personal técnico de los Servicios de Seguridad y Salud Laboral e Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Entre ellas la programación de actuaciones específicas en actividades como la industria de la madera y talleres de vehículos, que se suman a la acción habitual desarrollada en los trabajos con exposición a fibras de amianto.

En este contexto, y con el fin de facilitar y contribuir a la prevención de estos riesgos en el ámbito laboral, desde la Viceconsejería de Empleo, Diálogo Social y Bienestar Laboral, en el marco de las acciones de difusión y divulgación de la cultura preventiva, así como de la prevención de enfermedades profesionales, del Acuerdo Estratégico para la Prevención de Riesgos Laborales en Castilla-La Mancha, 2017-2021, se ha programado una jornada técnica telemática que contará con la participación de personal experto del Ministerio de Sanidad y del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Una jornada de carácter gratuito que está abierta a la participación de todas aquellas personas y empresas interesadas en ampliar su conocimiento sobre esta materia.

La cita será el próximo 30 de junio, y sobre la misma está disponible toda la información en la página web de Seguridad Laboral de Castilla-La Mancha (www.seguridadlaboral.castillalamancha.es), a través de la cual también se deben realizar las inscripciones.