Los administradores concursales de una cárnica conquense tendrán que pagar de su bolsillo a los trabajadores

Veintitrés trabajadores a los que dejaron sin pagar más de 290.000 euros de cantidades debidas saltándose la ley concursal al pagar, conseguirán cobrar la deuda más de trece años después.
La Audiencia Provincial de Cuenca ha desestimado el recurso de apelación y ratifica la condena a los administradores concursales.
photo_camera La Audiencia Provincial de Cuenca ha desestimado el recurso de apelación y ratifica la condena a los administradores concursales.

CUENCA.- De su bolsillo y con intereses, así tendrán que pagar los administradores concursales de una empresa cárnica conquense los 292.846 euros que en 2016 dejaron de pagar a parte de sus trabajadores. Cantidades que oscilaban entre los 30.000 y los 2.200 euros y a las que ahora se deberán sumar los intereses legales devengados en los últimos años.

En concreto a 23 de ellos, afiliados al sindicato Comisiones Obreras, que tras una larga batalla judicial contra los administradores del concurso de Luis Loriente S.L., han conseguido que su derecho a percibir esas cantidades sea reconocido.

La Audiencia Provincial de Cuenca ha ratificado la condena a los administradores concursales que les impuso el juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Cuenca en octubre de 2020 a instancias del sindicato. De este modo, los administradores, un abogado y un economista, deberán pagar "personal y solidariamente" los más de 290.000 euros -y los intereses legales generados- a los trabajadores de la extinta empresa cárnica a los que en su día dejaron sin abonar los salarios que les debía la empresa en concurso alegando que no quedaba dinero suficiente, masa activa, para hacer frente a esa deuda.

Sin embargo, tras comunicar esa "insuficiencia" en 2016, sí pagaron a otros trabajadores de la empresa cárnica todo lo que se les debía, "sin proceder al prorrateo pertinente" con los afiliados a CCOO.

Incluso, señalan desde el sindicato en nota de prensa, también llegaron a saldar deudas de naturaleza mercantil a otros acreedores de la empresa, pese a que la ley concursal obliga a atender de forma prioritaria las deudas salariales.

Por ello desde el sindicato se consideró que los trabajadores afiliados estaban sufriendo "un grave perjuicio económico" a causa de una actuación "contraria a la ley" por parte de los administradores. "No podíamos admitir esta discriminación y esta injusticia", señala la secretaria general de CCOO-Cuenca.

De este modo, además de felicitar a los trabajadores que "al fin van a cobrar lo que es suyo", también subrayan la "trascendencia" que va a tener esta sentencia para la salvaguarda de los derechos de los trabajadores cuyas empresas se vean inmersas en procesos concursales.

Fruto de una "ardua" batalla judicial librada en dos procesos diferenciados, que se ha prolongado durante más de cuatro años. A ellos hay que añadir los otros nueve en los que la mercantil Luis Loriente S.L. estuvo en administración concursal desde que los ahora condenados fueron designados como administradores -en mayo de 2008- hasta que presentaron la rendición de cuentas para poner fin al concurso en 2017.

Contra esta sentencia que desestima el recurso de apelación planteado por los que fueran administradores concursales, de fecha 30 de diciembre de 2021, cabe recurso de casación, por razón de interés casacional, y de infracción procesal, que deberán presentarse en el plazo de 20 días contados desde el siguiente al de la notificación.

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