Agentes cancerígenos en el trabajo: identificar, informar y prevenir, las claves para evitar sus riesgos

CONTENIDO PATROCINADO | La Consejería de Economía, Empresas y Empleo organiza, con la participación de expertos, una jornada técnica de carácter presencial y gratuita, abierta a las empresas y personas interesadas en ampliar su conocimiento sobre la prevención de estos peligros en el trabajo.

Contribuir a la mejora de las condiciones de trabajo a través de la realización de acciones de apoyo y promoción es uno de los objetivos que el Acuerdo Estratégico de Prevención de Riesgos Laborales de Castilla-La Mancha 2022-2026 contempla en su eje IMPULSO.

Concretamente, una de sus líneas de acción se dirige a la prevención a la exposición de agentes cancerígenos en el entorno laboral y, de manera específica, a apoyar a las pequeñas y medianas empresas en la identificación de estas sustancias.

El cáncer es uno de los grupos de enfermedades de mayor importancia para la ciudadanía, algo sobre lo que no existen dudas, como tampoco resulta complicado identificar que entre los principales agentes cancerígenos se encuentran el tabaco, el alcohol, la luz solar, la contaminación ambiental, el sedentarismo y los rayos X, los cuales se encuentran detrás de una parte relevante de los casos.

Llevar unos hábitos de vida saludable, la práctica de ejercicio físico y una dieta equilibrada, así como eliminar el consumo de tabaco son medidas que, a la vez de eficaces, son suficientemente conocidas por la ciudadanía.

Sin embargo, si el agente cancerígeno forma parte de la actividad laboral entran en juego nuevos factores, que van desde una menor información o consciencia de su peligrosidad, hasta la dificultad para su eliminación en un proceso o actividad productiva.

De este modo una primera consecuencia de esta concurrencia de nuevos factores, a los que se suman los más conocidos por la ciudadanía, es la dificultad de concretar la carga de cáncer atribuible al trabajo, si bien se estima que es la principal causa de muerte relacionada con la actividad laboral en la Unión Europea.

El conocimiento del número de cánceres atribuibles al trabajo, así como el cálculo de su coste sanitario, además de poner de manifiesto la envergadura real del problema, evitando la infradeclaración de casos, ha de permitir la asignación adecuada de recursos sanitarios, humanos y materiales, así como el establecimiento de medidas públicas y privadas para su prevención.

Según el informe elaborado por el Ministerio de Sanidad, ‘Carga de cáncer atribuible al trabajo y su coste sanitario en España en 2015’ (se puede descargar aquí), revela que en Castilla-La Mancha, en el caso de los hombres, el mayor número de ingresos se debió a cánceres de pulmón, vejiga y colon, mientras que las neoplasias de mama, mesoteliomas y los cánceres de pulmón fueron más frecuentes entre las mujeres.

Por ello, además de seguir las recomendaciones generales para la prevención del cáncer, la población trabajadora ha de ser objeto de acciones y medidas preventivas adicionales, que se ajusten a las características y condiciones de su puesto de trabajo.

PREVENCIÓN EN EL ÁMBITO LABORAL

Cabe recordar que la prevención de riesgos frente a los agentes cancerígenos en el ámbito laboral forma parte de la actividad preventiva de la empresa. Se trata, por tanto, de un proceso en el que todas las partes están implicadas: la empresa, en cumplimiento de su deber de protección; el personal especializado del servicio de prevención, dada la especial naturaleza y complejidad de este tipo de riesgos; y la población trabajadora, directamente o a través de sus representantes, demandando y, a su vez, adoptando, las medidas preventivas y de formación e información más adecuadas para la prevención del riesgo.

De este modo, dejando al margen la exposición a fibras de amianto, un agente cancerígeno que dispone de reglamentación propia, el RD 665/1997, de 12 de mayo es la norma de obligado cumplimiento para prevenir este tipo de riesgos en el ámbito laboral. Una normativa que se actualiza con relativa frecuencia, a fin de ir dando cabida a las sustancias, mezclas y procedimientos con la condición de cancerígenos, por lo que es importante tenerlo en cuenta.

Así, por ejemplo, en 2015 se incorporó la exposición a polvo de maderas duras, tanto de origen tropical como otras variedades, tales como el cerezo, el haya o el roble, de localización más próxima en nuestro territorio.

Por su parte en 2020 se incorporaba la exposición al polvo respirable de sílice cristalina, afectando no solo a la minería, sino a múltiples oficios de la construcción y la industria cerámica, entre otros.

Del mismo modo, en 2021, en la modificación se aprobó la inclusión de, entre otras, la exposición inhalatoria a emisiones de motores diésel y la exposición cutánea a aceites minerales utilizados en la lubricación y refrigeración de motores. Y, más recientemente, en mayo de 2022, entre otros, agentes como el formaldehído y el cadmio, así como sus compuestos inorgánicos.

La empresa, por tanto, ha de identificar los agentes cancerígenos existentes en su proceso productivo y, a continuación, realizar la evaluación de riesgos desde un enfoque de prudencia extrema. Así, siempre que sea técnicamente posible, la medida prioritaria será la sustitución del producto cancerígeno o proceso que lo genere por otro que no sea peligroso o, cuanto menos, que lo sea en menor medida.

En este sentido, ha de tenerse en cuenta que, a diferencia de otros agentes químicos en los que los efectos tóxicos dependen de la dosis, en el caso de los cancerígenos, estos efectos tienen una componente probabilística, es decir, pueden producirse aún en el caso de dosis de baja exposición. Por ello, si la sustitución del agente no es viable, el proceso deberá realizarse en sistema cerrado o, en último término, aplicando el principio ALARA: reducción de la exposición al nivel técnicamente más bajo posible.

Mención especial requiere la prevención de la exposición a este tipo de agentes, así como a los calificados como mutágenos, para trabajadoras en situación de embarazo o de lactancia natural, las cuales, en todo caso, no podrán realizar actividades en las que la evaluación de riesgos concluya que existe riesgo de exposición que pone en peligro su salud, la del feto o la del lactante.

Desde un punto de vista práctico, el etiquetado de los envases de los productos facilita información que permite identificar la presencia de agentes cancerígenos. Así, la indicación H350 indica que el producto está clasificado como carcinógeno para las personas, mientras que si aparece la indicación H351 señala que dicho producto es sospechoso de ser, de igual modo, carcinógeno. Asimismo, H340 y H341 son indicaciones relacionadas con el carácter mutagénico de las sustancias y mezclas.

En esta línea, las notaciones H360 y H361 señalan, respectivamente, la clasificación como producto que puede dañar la fertilidad o el feto, o que es sospechoso de producir estos daños.

De manera adicional a la consulta del etiquetado, la empresa ha de recabar la ficha de datos de seguridad de todos los productos utilizados en su proceso productivo o actividad, ya que estos documentos, al igual que el etiquetado, amplían la información, facilitando indicaciones de peligro (frases H) y consejos de prudencia (frases P).

Disponer de toda esta información y difundirla entre la población trabajadora, unido al trabajo especializado de los servicios de prevención de las empresas, constituyen el punto de partida de una adecuada gestión de la prevención de este tipo de agentes peligrosos.

Por ello, y con el fin de facilitar y contribuir a la prevención de estos riesgos en el ámbito laboral, la Consejería de Economía, Empresas y Empleo ha programado una jornada técnica, de carácter presencial, abierta a la participación de las personas y empresas interesadas en ampliar su conocimiento sobre la materia, que contará con la participación de personal experto de Inspección de Trabajo y Seguridad Social; Asepeyo, mutua colaboradora con la Seguridad Social nº 151, y la Delegación Provincial de Economía, Empresas y Empleo de Albacete.

Toda la información sobre esta jornada, de carácter gratuito, está disponible en la página web de Seguridad Laboral de Castilla-La Mancha.

Pero además de la organización de esta jornada técnica, desde la Consejería, a través del Programa Castilla-La Mancha Más Segura, subvenciona aquellas inversiones realizadas por empresas cuya finalidad sea la instalación de equipos para el control de contaminantes químicos y físicos con actuación directa y preferente sobre el foco de emisión, así como para la disposición de espacios para guardar por separado ropa de trabajo y de calle en actividades con exposición a agentes cancerígenos. Una línea de ayudas cuya información se encuentra disponible en el enlace: https://seguridadlaboral.castillalamancha.es/subvenciones

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