El proceso contra 'los 8 de CaixaBank' vuelve a aplazarse tras la decisión de la jueza de celebrar la vista a puerta cerrada

La defensa de los encausados ha recurrido la decisión adoptada por la magistrada argumentando cuestiones de "orden público" y "salubridad", y contra la que también se había posicionado la Fiscalía.
El juicio a 'los 8 de CaixaBank' ya se aplazó en el mes de noviembre debido a la huelga de letrados de Justicia.
photo_camera El juicio a 'los 8 de CaixaBank' ya se aplazó en el mes de noviembre debido a la huelga de letrados de Justicia.

GUADALAJARA.- A puerta cerrada, sin público que pueda acompañar a los encausados, observadores independientes o prensa, así insiste la jueza en que se celebre el proceso contra 'los 8 de Caixabank'. Activistas de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) que accedieron a la oficina de esta entidad bancaria en Cabanillas del Campo (Guadalajara) con el fin de pedir un escrito para retrasar el juicio de desahucio contra una familia en situación de vulnerabilidad, compuesta por una madre y dos menores, y que se enfrentan a penas de cárcel acusados, entre otras cuestiones, de desobediencia y coacciones. Algo a lo que se oponen tanto los encausados, que ya habían anunciado a través de las redes su intención de no acudir a la vista, así como distintas organizaciones y la propia Fiscalía.

Una vista que había sido fijada para el próximo 5 de abril, después de haber sido aplazado ya en noviembre tras cinco años de espera, y que ahora queda suspendida tras haber desestimado la jueza los recursos planteados contra su decisión de celebrar el juicio a puerta cerrada. Juicio para el que, de nuevo, no hay fecha de celebración, a la espera de la decisión que tome la Audiencia Provincial de Guadalajara en relación a los recursos.

Se alarga así la espera para los encausados, quienes llevan ya más de cinco años "de tortura", tal y como señalaba en una entrevista con PeriódicoCLM una de las activistas, Anastasia Liedo,

Situación que denuncian desde la Plataforma Antirrepresiva de Guadalajara, desde la que consideran "gravísimas" las manifestaciones de la magistrada al considerar potenciales "alteraciones del orden público" si se permitiera el acceso a la vista a quienes acompañaran a los encausados y a la prensa.

En concreto, la magistrada señala en su auto de confirmación de la decisión de celebrar la vista a puerta cerrada que "la naturaleza del objeto" de este juicio y "la posibilidad de concurrir un ingente número de ciudadanos" a las dependencias de los juzgados que pudieran "encontrarse en las mismas condiciones que los ahora acusados", así como el interés que suscita para los medios de comunicación el caso, "hace oportuno y prudente" el desarrollo de la vista a puerta cerrada con el fin de "evitar circunstancias adversas que podrían poner en peligro la seguridad personal de los intervinientes".

Cuestiones de "orden público" en las que basa en parte su confirmación de celebrar el juicio a puerta cerrada, que desde la Plataforma Antirrepresiva de Guadalajara critican, puesto que "no solo prejuzga a nuestras compañeras, sino que atribuye el papel de alborotadores tanto a las personas que nos quieran acompañar como a los observadores de los organismos de derechos humanos".

En este sentido, recuerdan cómo la propia Fiscalía de Guadalajara se unió a los acusados en este asunto y pidió un juicio público con todas las garantías.

Así lo señalaba en su informe del 16 de marzo, al considerar que debía estimarse el recurso de reforma planteado por la representación de los acusados, en el que recordaba la garantía esencial que debe tener todo justiciable, "su acceso a la tutela judicial efectiva" y el derecho de las partes a que el juicio sea público. Tras considerar que no consta motivo alguno para que la vista se tenga que celebrar a puerta cerrada, añade que esto no quita para que se pudiera limitar el acceso a la sala de vista, teniendo en cuenta el aforo de la misma, y si se prevé la posibilidad de algún altercado, ponerlo en conocimiento de las Fuerzas de Seguridad del Estado, "para que se pueda garantizar que la celebración del juicio se pueda llevar a cabo con todas las garantías legales para todas las partes intervinientes".

Pero además de los argumentos de orden público, la magistrada del Juzgado de lo Penal nº 1 de Guadalajara esgrime también "razones de moralidad" y "salubridad". Respecto a estas últimas, desde la Plataforma Antirrepresiva critican que la jueza haya recurrido al argumento covid para justificar su decisión, haciéndolo así "en contra del criterio del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha".

La magistrada se atribuye en su resolución un papel de "garante de la seguridad colectiva y la salubridad" y argumenta la supresión de la garantía de la audiencia pública como "forma de evitar contagios" ya que "no hay ninguna instrucción procedente del Ministerio de Justicia, Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha y Decanatos de los Juzgados".

Sin embargo, desde el equipo legal que defiende a la Plataforma, que dirige el abogado Francisco García Cediel, señalan que dicho argumento es "rotundamente falso".

Precisamente es el propio Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha el que el 14 de diciembre acordaba levantar todas las restricciones covid de acceso a las sedes judiciales. En este sentido recuerdan que laSala de Gobierno difundió un acuerdo adoptado por el tribunal regional donde se suprimían todas las limitaciones sanitarias impuestas en su día e instruía a juzgados y tribunales inferiores a "que no se apliquen con carácter sistemático limitaciones de aforo y acceso del público a las salas de vistas y actos procesales con audiencia pública".

Si bien dicha instrucción incluye un resquicio de "limitación", tal limitación "debe estar justificadísima, por afectar a derechos fundamentales", sostienen desde la defensa.

Desde la Plataforma Antirrepresiva de Guadalajara denuncian así lo que consideran "serios indicios de falta de imparcialidad objetiva", al entender que las premisas utilizadas por la jueza para "suprimir la garantía de audiencia pública" están basadas "por un lado, en un prejuicio ideológico, y por otro, en una mentira".

Un contexto en el que se preguntan si el de estos ocho activistas será un juicio justo y si "alguien en su sano juidicio se pondría en manos de esta jueza".

Por el momento, el juzgado ha acordado suspender la vista prevista para el próximo 5 de abril, a la espera de que se resuelvan los recursos de apelación presentados por parte de las defensas ante la Audiencia Provincial de celebrar el juicio a puerta cerrada. Una práctica judicial "cada vez más extendida, sobre todo en aquellos procesos que despiertan indignación social", apuntan desde la Plataforma. Procesos en los que se juzga a activistas, militantes sociales o sindicalistas, precisan, y donde "se pone en tela de juicio derechos esenciales como el derecho a la protesta o a la libertad de expresión".

"DESALIENTO EN LOS DEFENSORES DE LOS DERECHOS HUMANOS"

Desde Amnistía Internacional esperan que la Audiencia Provincial de Guadalajara revierta la decisión adoptada por el juzgado de "cerrar las puertas" a un juicio de interés público que afecta al derecho a recibir información y genera "un afecto desaliento en los defensores de los derechos humanos".

Así lo ha señalado la organización, que iba a acudir con observadores a la vista, desde la que consideran que la decisión de la jueza vulnera el derecho a una audiencia pública de las personas acusadas. Una decisión que, recuerdan, desde la Fiscalía se ve "preocupante y contraria a los estándares internacionales sobre juicio justo", ya que se considera la audiencia pública como garantía esencial de la imparcialidad e independencia del proceso.

Derecho a una audiencia pública que supone que no solo las partes, sino también la sociedad y los medios de comunicación tienen derecho a asistir, al igual que los observadores independientes, para poder formarse una opinión sobre el cumplimiento de garantías.

En este caso Amnistía Internacional considera que no concurre ninguna de las excepciones admisibles al derecho a una audiencia pública: garantizar el orden público, la protección de la vida privada e intimidad de las víctimas, el enjuiciamiento de delitos sexuales o la posible afectación a menores.

Del mismo modo la organización muestra su preocupación por que 'los 8 de Caixabank' se enfrenten a penas de privación de libertad por los delitos de resistencia y desobediencia y de coacciones, pese a la naturaleza totalmente pacífica de su acción de desobediencia civil.

Ya el pasado mes de noviembre desde la organización internacional se realizaba un llamamiento a la revisión de los cargos penales formulados contra estos ocho activistas, atendiendo a los principios de "necesidad y proporcionalidad, conforme exigen los estándares internacionales de derechos humanos".

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