Fomento pone en marcha una línea de ayudas al alquiler durante seis meses

  • Se podrán percibir hasta 650 euros mensuales, en un pago único y anticipado, para hacer frente al pago del arrendamiento de la vivienda habitual y a los gastos de suministros.
  • Podrán ser solicitadas por personas que acrediten su situación de vulnerabilidad económica y social sobrevenida por la pandemia de coronavirus.

TOLEDO.- Castilla-La Mancha va a dar luz verde a las ayudas alquiler de vivienda habitual para hacer frente a las consecuencias negativas y el impacto que el COVID está teniendo tanto económico como social en muchas familias castellanomanchegas.

El Consejo de Gobierno ha sido informado este martes de una nueva resolución de la Consejería de Fomento que recoge esta nueva línea de ayudas enmarcadas en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, a las que se destinarán un total de 4 millones de euros.

Una medida que se suma a las que ya se han puesto en marcha desde el Ejecutivo regional como las moratorias en los alquileres del parque público de vivienda; el aplazamiento de los pagos de alquiler del parque público de vivienda para recibos no domiciliados por el banco; o el pago de las ayudas al alquiler 2019 y la resolución de las del 2020, y que el consejero de Fomento, Nacho Hernando, ha puesto en valor asegurando que "hay un amplio abanico de posibilidades" para que las personas que están pasando por dificultades "no se sientan solos o abandonados a su suerte".

En este sentido, Hernando ha destacado la diferencia entre cómo se está abordado la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y la crisis económica y financiera de 2008, ya que "nuestra sociedad ha sabido aprender de los errores y la respuesta que se está dando en materia de empleo, economía o vivienda es totalmente distinta y recoge experiencia y sensibilidad que venimos adquiriendo desde lo público en la última década, por eso nadie que lo esté pasando mal no se va a sentir solo".

ADJUDICACIÓN DIRECTA

De este modo, se podrán beneficiar de las ayudas al pago del alquiler los arrendatarios de vivienda habitual en Castilla-La Mancha que acrediten estar en situación de vulnerabilidad económica y social sobrevenida a consecuencia del coronavirus, lo cual les haya ocasionado problemas transitorios para atender el pago parcial o total del alquiler de su vivienda.

Se trata, ha detallado el consejero, de ayudas finalistas de adjudicación directa, que podrán ser destinadas al pago del alquiler de la vivienda habitual y permanente.

Ayudas que  podrán llegar a cubrir el cien por cien de la renta del alquiler, así como de los gastos de suministros, hasta un máximo de 650 euros. Se podrán conceder por un plazo de hasta seis meses, pudiéndose solicitar desde abril a septiembre, realizándose el pago en una sola vez.

 Estas ayudas además también se podrán destinar a hacer frente a la devolución del préstamo que se haya pedido en el marco de las ayudas transitorias de financiación a través de los avales puestos en marcha por el Ministerio a través del ICO. En este caso, se podrá beneficiar de hasta un importe máximo de 3.900 euros con la que se satisfará total o parcialmente el pago de este préstamo.

Las personas beneficiaras tendrán que acreditar que están en situación de vulnerabilidad económica y social sobrevenida por el COVID-19. Para ello se establecen una serie de requisitos entre los que se encuentra que la persona o personas titulares del contrato que estén obligadas a pagar la renta de alquiler hayan pasado a estar en situación de desempleo, Expediente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE), hayan reducido su jornada por motivo de cuidado, o bien que siendo empresario o habiendo cesado su actividad como autónomo haya tenido una pérdida sustancial de ingresos de al menos un 40 por ciento, y que no alcance el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar en el mes anterior a la solicitud tres veces el IPREM.

Un límite que se incrementa en los supuestos de tener hijos a cargo, ser familia monoparental, tener declarada una discapacidad, encontrarse en situación de dependencia o enfermedad que incapacite de forma permanente para realizar una actividad laboral.

Por otra parte, la renta del alquiler más los gastos de suministros básicos (electricidad, gas, gasoil para calefacción, agua corriente, servicios de telefonía fija y móvil, contribuciones a la comunidad de propietarios) tendrán que sumar una cantidad superior o igual al 35 por ciento de los ingresos netos que perciba el conjunto de los miembros de la unidad familiar.

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