El jurado popular declara culpable de asesinato y agresión sexual al acusado de matar a su mujer en Almonacid de Toledo

Los nueve integrantes del jurado han considerado que concurre la circunstancia de alevosía, ya que llevó a la mujer a un paraje apartado para que no pudiera pedir auxilio, y allí la asesinó y simuló después que la muerte se debió a un atropello.
El jurado ha declarado culpable de asesinato al acusado de matar a su mujer en Almonacid en abril de 2022. - A. VISDÓMINE | EFE
photo_camera El jurado ha declarado culpable de asesinato al acusado de matar a su mujer en Almonacid en abril de 2022. - A. VISDÓMINE | EFE

TOLEDO.- El jurado popular que ha juzgado en Toledo a un hombre acusado de matar a su mujer en el municipio de Almonacid de Toledo en abril de 2022 lo ha declarado culpable de los delitos de asesinato y agresión sexual.

Según el veredicto que se ha leído esta tarde en audiencia pública, el jurado popular ha encontrado al procesado culpable de un delito de asesinato, por unanimidad, así como de un delito de agresión sexual, en este caso por mayoría de siete de sus nueve integrantes.

Asimismo, el jurado ha considerado por unanimidad que concurre la circunstancia de alevosía, ya que el acusado llevó a su mujer a un paraje apartado, en el que no pudo pedir auxilio, donde la asesinó y simuló después que su muerte se debió a un atropello.


Para emitir el veredicto unánime de que el procesado es culpable de un delito de asesinato, los jurados han atendido como elemento de convicción la propia declaración del acusado, que en el juicio ha admitido que asfixió a su mujer, como han confirmado los forenses.

Asimismo, y en lo referente a la concurrencia de alevosía, han considerado que el acusado llevó a la víctima a un paraje alejado y poco frecuentado, donde la privó de la capacidad de pedir auxilio o poder defenderse, aprovechando la cercanía y confianza de su mujer.

En cuanto al delito de agresión sexual, los siete jurados que han considerado culpable al acusado, han considerado como hechos de convicción que se encontró semen en la cavidad vaginal de la víctima, como determinó la autopsia practicada a su cuerpo, que era compatible con el ADN del procesado, según los análisis que se hicieron en el Instituto Nacional de Toxicología.

También han tenido en cuenta que la víctima tenía su ropa interior puesta del revés, y que el asiento del copiloto del vehículo en el que se produjeron los hechos estaba muy reclinado, como atestiguaron los guardias civiles que hicieron la inspección ocular.

Además, los jurados que entienden probado el delito de agresión sexual han considerado que varios testigos (entre ellos sus hijos y el propio acusado) describen a la víctima como una mujer de fuerte carácter, que era independiente económica y laboralmente, y que iba a abandonar al procesado, lo que indica que no era una persona sumisa, y han descartado que hubiera tenido relaciones consentidas los días anteriores.

Tras el veredicto del jurado, la fiscal y la letrada de la acusación popular, que representa a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, han mantenido la petición de que el acusado sea condenado a la pena de prisión permanente revisable.

A su vez, su abogado defensor sólo ha recordado que pedía inicialmente que fuera condenado a 15 años de cárcel como autor de delito de homicidio.

Según han mantenido las acusaciones en la vista, el acusado llevó a la víctima a un camino rural intransitable, donde la atacó, la estranguló y la agredió sexualmente y después condujo su vehículo hasta otro paraje, en el que atropelló su cadáver para simular que su muerte se debió a un accidente.