Extracto de la sentencia en una imagen de María Dolores de Cospedal y el director de RTVCM durante su mandato en la Junta de Comunidades, Nacho Villa. PeriódicoCLM

TOLEDO.- La Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas ha ratificado la condena al exdirector general del Ente Público de Radiotelevisión de Castilla-La Mancha, Nacho Villa, por los gastos injustificados o justificados insuficientemente con las dos Visa Oro de las que fue titular durante su mandato y que han sido considerados como perjuicios ocasionados en los fondos públicos del Ente.

Perjuicios que se cifran finalmente en 68.172,98 euros de principal, de los cuales se considera "responsable contable directo" en su totalidad a Villa, y a los que deberá hacer frente en solidaridad junto a los otros tres demandados.

Una sentencia a la que ha tenido acceso PeriódicoCLM, por la que se desestiman buena parte de los recursos planteados por dos de los demandados, Villa y el exdirector financiero del Ente, Ramón Villaverde, y en la que, a diferencia de la sentencia 3/2020 de 6 de julio, se atribuye la responsabilidad contable directa únicamente al exdirector general de RTVCM.

De este modo, el que fuera director general de la radio y la televisión públicas de Castilla-La Mancha durante el Gobierno del PP de María Dolores de Cospedal en la región, deberá hacer frente al reintegro de esta cantidad, en solidaridad con los otros tres condenados.

Así, según recoge la sentencia, de forma solidaria con Villaverde deberá responder por la cantidad de 51.651,73 euros; mientras que junto a quien desarrolló las funciones de máximo responsable financiero entre abril de 2014 y septiembre de 2015, Jerónimo de Mesa, deberá responder hasta la cantidad de 12.132,89 euros, si bien este último solo responderá hasta la cuantía de 10.415,84 euros por haberse reducido en la audiencia previa el petitum de las demandas formuladas por el Ministerio Fiscal y las representaciones procesales de la Junta de Comunidades y el Ente Público. Por su parte, en solidaridad con Villa, el que fuera director financiero del Ente entre octubre de 2014 y septiembre de 2014, Luis Vicens, responderá hasta la cantidad de 4.388,36 euros.

Además, se condena a todos ellos al pago de los intereses devengados hasta la completa ejecución de la sentencia, que se fijarán en la fase de ejecución, aunque no se imponen costas en esta instancia.

Una sentencia en la que se considera acreditado que Villa realizó una serie de extracciones de dinero en efectivo en distintos cajeros automáticos, por un importe total de 2.706 euros, que no solo no fueron justificados sino que además eran contrarios a la normativa interna del Ente Público RTVCM, al no estar contemplado el supuesto de utilización de la tarjeta de crédito para retirar dinero por motivo de viajes o necesidades de producción, ya que el dinero se libra, en efectivo, por la Caja Central.

Respecto a los gastos realizados en distintos establecimientos comerciales con estas tarjetas opacas, por valor de 18.443,40 euros, considera la Sala que tampoco fueron justificados. Entre ellos compras en supermercados de Toledo por más de 200 euros; los casi 340 euros gastados en Leroy Merlin, otros 162 en el Ikea de Alcorcón, más de 250 en varias joyerías o 132 euros en una perfumería.

Gastos "de naturaleza personal" en bricolaje y decoración, perfumería y joyería, que según la Sala no guardan una relación evidente con viajes por motivos profesionales o institucionales.

Distingue también por otra parte la Sala un grupo de gastos cargados a esas tarjetas de crédito los cuales se considera insuficientemente acreditado que los fondos públicos empleados para ello respondieran a fines institucionales y no de naturaleza personal.

Del mismo modo, también rechaza que pudieran responder a actuaciones protocolarias o representativas por parte del entonces director general de RTVCM, por ejemplo, los 16 pagos por valor de 3.892 euros, correspondientes a estancias en el Parador de Toledo. Un gasto que Villa trató de justificar explicando que se había producido entre septiembre y noviembre de 2011, cuando tras su nombramiento, seguía viviendo en Madrid y debía quedarse algunas noches en Toledo.

Una justificación que "carece totalmente de respaldo normativo", subraya la Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas, que subraya que estos gastos particulares se imputaron de forma "totalmente irregular" a las tarjetas de crédito del Ente Público.

Misma conclusión a la que llega respecto a los pagos que por un montante total de 43.131,28 euros realizó Villa con estas tarjetas opacas en restaurantes de Toledo.

Comidas que el exdirector general de RTVCM trató de justificar argumentando que correspondían a "reuniones propias de la representación corporativa o de trabajo, aprovechando dichas otras para adelantar trabajo", llegando a precisar que uno de los restaurantes más frecuentados y en los que mayor gasto hizo, se encontraba "al lado del apartamento de Don Ignacio".

No queda acreditado quiénes fueron los asistentes, ya que de ser ajenos al Ente se debería haber entregado al hacer la liquidación una relación de los asistentes y el nombre de las respectivas empresas -como es de obligado cumplimiento para los titulares de tarjetas-; pero tampoco que fueran únicamente personas vinculadas a la entidad, algo que pudiera haberse considerado justificado solo en caso de circunstancias especiales que hubieran impedido a su director despachar los asuntos de la sede de RTVCM, lo cual tampoco se ha acreditado.

Y es que, recuerda la sentencia, "precisamente por no ser necesario que la actividad laboral ordinaria se articule en comidas y cenas", no pueden ser considerados gastos que redunden en beneficio de la entidad pública, de modo que no responden a representación ni protocolo. Se trata pues, de un desembolso "innecesario y lesivo para RTVCM".

Sentencia del Tribunal de Cuentas contra Nacho Villa los gastos de las Visa Oro de RTVCM