Castilla-La Mancha corrige su decreto de restricciones tras la negativa del Tribunal Superior de Justicia

El Gobierno regional aprueba un nuevo texto para subsanar las medidas que no fueron ratificadas por afectar a derechos fundamentales, y aprovecha para introducir matices en otros dos artículos relacionados con los cines, teatros, auditorios, circos y el deporte federado.
Sede del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCLM). ARCHIVO
photo_camera Sede del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCLM). ARCHIVO

TOLEDO.- El Gobierno de Castilla-La Mancha ha revisado el decreto de medidas de prevención y control necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la covid-19, aprobado el pasado sábado de cara a la finalización del estado de alarma, incluyendo las variaciones necesarias después de que el Tribunal Superior de Justicia (TSJCLM) denegara la ratificación de varias restricciones al considerar que afectaban a derechos fundamentales, e introduciendo un par de matices a dos de los artículos contemplados inicialmente.

Un nuevo texto que ha sido aprobado este jueves por el Consejo de Gobierno reunido con carácter extraordinario, y que ha sido remitido de nuevo al alto tribunal castellanomanchego.

Cabe recordar que tras la aprobación del decreto 55/2021, de 8 de mayo, el Gobierno regional solicitaba al TSJCLM la ratificación de las medidas en él contempladas. Sin embargo no era hasta el martes cuando tras reunirse el pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo se dictaba un auto en el que si bien se ratificaban la mayor parte de las medidas, también se tumbaban otras por afectar a derechos fundamentales como el de libertad religiosa y el de reunión.

En concreto, el TSJCLM argumentaba su rechazo a restricciones como la obligación de realizar las abluciones en casa, la limitación a 10 personas del número de participantes de la práctica de la actividad física al aire libre o de 50 en las comitivas fúnebres, al considerar que afectaban "intensamente" a los derechos fundamentales, al haberlas establecido el Gobierno regional "para todo el ámbito de Castilla-La Mancha y sin limitación temporal".

Auto en el que sí ratificaba otras, que afectan a los derechos fundamentales a la libertad y la intimidad personal, al ser "medidas concretas para personas concretas". Daba así luz verde a la obligación de aislamiento para los positivos por covid-19 y de guardar cuarentena a quienes sean sospechosos de estar contagiados; así como a la realización de pruebas diagnósticas para los trabajadores de centros sanitarios, sociosanitarios y de servicios sociales.

Medidas que se han incorporado, al tiempo que se ha aprovechado para matizar la regulación contenida en los artículos 30 y 34 de dicho decreto, tal y como han informado desde el Gobierno regional.

Artículos que hacen referencia, el primero de ellos, a la actividad en cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares, así como en otros locales y establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas, para todos los cuales se establecía un aforo máximo del 75 por ciento y localidad preasignada, así como la prohibición del consumo de productos de alimentación y la ingesta de bebidas en el desarrollo de estas actividades.

Por su parte el artículo 34, ahora también matizado por el Ejecutivo regional, hace referencia a la práctica de la actividad deportiva federada de competencia autonómica. Un artículo en el que se establecía que ésta podría realizarse de forma individual o colectiva, sin contacto físico y hasta un máximo de 25 personas de forma simultánea en los entrenamientos; que los deportistas que clubes participantes en ligas no profesionales federadas podrían realizar entrenamientos de tipo total, también con un máximo de 25 participantes, y que tanto para entrenamientos como competiciones las federaciones deportivas de Castilla-La Mancha debían disponer de un protocolo de actuación específico.

Desde el Gobierno regional no han precisado cuáles son las matizaciones que introduce en estos dos artículos, limitándose en la nota de prensa emitida para dar cuenta de la revisión del decreto y el nuevo envío al TSJCLM a indicar la numeración de los artículos en cuestión.

De este modo, se ha elaborado un nuevo texto final que ha sido aprobado por el Consejo de Gobierno y remitido al Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha para su ratificación.

Comentarios