Medidas especiales de máximo nivel en Sonseca y Pulgar para frenar los contagios

  • Sanidad ha decretado restricciones de nivel 3 en ambas localidades toledanas, en las que la tasa de incidencia acumulada de las dos últimas semanas se ha disparado.
  • También se ha decidido prorrogar las ya existentes en otros tres municipios de la provincia de Toledo: Santa Olalla, El Casar de Escalona y Malpica de Tajo.

TOLEDO.- La Consejería de Sanidad, a través de la Delegación Provincial de Sanidad en Toledo, ha decretado medidas especiales nivel 3 en Sonseca y Pulgar y prorroga las medidas ya existentes en Santa Olalla, El Casar de Escalona y Malpica de Tajo, debido a la evolución de la pandemia de coronavirus. Prórroga que este jueves también se decretaba para las medidas vigentes en Toledo capital y Talavera de la Reina.

En Pulgar (1.508 habitantes), durante las semanas epidemiológicas 37 y 38 se han declarado en el municipio un total de 48 casos de COVID-19, esto hace que la tasa de incidencia acumulada en la localidad en los últimos 14 días se sitúe en 3.183 casos por cada 100.000 habitantes.

Por su parte en Sonseca (11.067 habitantes), el número de positivos confirmados durante la semana del 7 al 13 de septiembre fue de 34, mientras que la siguiente fueron 36 los casos diagnosticados. De este modo, la tasa de incidencia acumulada en 14 días se sitúa en 632,5 casos/100.000 habitantes.

Una significativa incidencia que ha llevado a las autoridades sanitarias a decretar medidas especiales de nivel 3 en ambas localidades (el más alto antes del confinamiento, que sería el paso más estricto), a la espera de que su aplicación ayude a controlar y reducir los contagios en ambos municipios.

Se suman así a otras cuatro localidades de la provincia de Toledo (Illescas, Yuncos, Seseña y Ugena) que desde hace casi una semana se encuentran aplicando estas medidas restrictivas.

De este modo, a partir de hoy, en Pulgar y Sonseca se procede al cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.

Se suprime el servicio en interior de locales cerrados de establecimientos de hostelería y restauración, y las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 50  por ciento del máximo que tuvieran establecido previamente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.

Respecto a los centros sociosanitarios, se procede a la suspensión cautelar de la actividad en los centros de día y a la supresión de visitas sociales en residencias de mayores, viviendas tuteladas de mayores y centros sociosanitarios en los que residan personas consideradas vulnerables, y la entrada en estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario.

No se permitirán salidas de residentes salvo por razones de fuerza mayor (asistencia sanitaria o deber inexcusable de carácter público), y siempre extremando las medidas de protección durante dicha salida y las de higiene a su vuelta, y al reingreso deberán establecerse medidas de aislamiento para el residente durante 14 días.

Los residentes con IgG positiva previa, o que hayan superado la COVID-19 en el plazo de los seis meses previos (considerando caso con infección resuelta) no precisarán de dicho aislamiento preventivo.

A los trabajadores que tras su periodo vacacional se incorporen a las residencias de ancianos y viviendas tuteladas se les realizará, como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por COVID-19.

Respecto a las actividades religiosas de ámbito social, todas las celebraciones religiosas limitarán el aforo al 50 por ciento de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal.

Se restringe el número de personas en velatorios y cortejos fúnebres (máximo 10) y el número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos (máximo 25). Se suspenden las actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos u otros eventos que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas.

También se procede a la suspensión de la actividad de las escuelas municipales (deportes, música, danza, pintura, idiomas) y a la suspensión de eventos deportivos y culturales promovidos por los ayuntamientos, por asociaciones, peñas o por particulares.

Además se decreta el cierre cautelar de cines, teatros y auditorios, bibliotecas y museos. Los hoteles sólo podrán contratar el 75 por ciento de su capacidad y el uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50 por ciento

Se determina la supresión de espectáculos taurinos, y se decreta el cierre cautelar de parques y jardines.

Se procede a la suspensión de mercadillos y mercados al aire libre, con excepción de aquellos casos en los que se dependa en la localidad de este tipo de comercio para el abastecimiento de productos de primera necesidad, limitando en ese caso su apertura a los puestos dedicados a la comercialización de este tipo de productos.

Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50 por ciento, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.

Se recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable y que los encuentros sociales se limiten a un máximo de 10 personas incluyendo convivientes.

Todas las medidas reflejadas en este documento se aplicarán durante 14 días a partir de su publicación pudiendo prorrogarse hasta 28 días en función de la evolución epidemiológica de la enfermedad.

Comentarios