Se oficializa la nueva ley de caza de Castilla-La Mancha entre posturas críticas

El DOCM publica este jueves la nueva Ley de Caza, aprobada la pasada semana por el PP en las Cortes regionales y que, entre otras novedades, da a los Planes de Ordenación Cinegética la capacidad de establecer especies de caza que pueden ser objeto de aprovechamiento.

Según publica el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM), la ley entrará en vigor a los veinte días contados desde el día siguiente al de su publicación, salvo la Sección 2ª, correspondiente al capítulo I del título IV, que entrará en vigor cuando entre el reglamento que desarrolle esta ley.

Esta ley viene a derogar y sustituir la de julio de 1993, que según el departamento que dirige María Luisa Soriano, tiene "indudables virtudes", pero dado el tiempo transcurrido desde su aprobación, se considera necesario adecuarla a las necesidades actuales al objeto de conseguir una planificación integral de la totalidad de los terrenos cinegéticos basada en la cooperación con los titulares de los aprovechamientos cinegéticos, así como una simplificación y agilidad de los trámites administrativos que facilite una "gestión eficaz compatible con la insustituible labor de supervisión y control".

En este sentido, desde la Plataforma en contra de la Ley de Caza han indicado que dicha legislación dependerá del nuevo gobierno elegido en las próximas elecciones autonómicos, ya que según indican, en cuestión de tiempos “es imposible que se pueda practicar la caza con la nueva ley”.

Cabe destacar que diferentes partidos como PSOE, Izquierda Unida, Podemos, Equo y UPyD han mostrado su rechazo ya a dicha ley. En sus comunicados la mayoría han indicado que apostarían por abolirla o volverla a negociar desde el principio con las diferentes partes.

Los artículos más controvertidos de la ley

En este sentido, tras una investigación realizada por eldiario.es, en el artículo 20 de la ley, que se refiere al uso de armas permitidas para la caza, en el punto 2, se establece: "Para la práctica de la caza podrán usarse las siguientes armas reglamentadas", y en el cuarto guión se indica, "Las lanzas en las modalidades de caza que permitan su uso". Es decir, que se permite el lanceo de animales.

El punto 6 del artículo 7 de la ley indica que "Los animales domésticos asilvestrados no tendrán la consideración de piezas de caza. No obstante, podrán ser abatidos o capturados por razones sanitarias, de daños o de equilibrio ecológico, previa autorización del órgano provincial, donde se especificará los medios de captura a utilizar, que en cualquier caso, serán selectivos y no actuarán en perjuicio de otras especies o de sus hábitats". Este artículo es uno de los controvertidos ya que la ley también incluye qué se considera un animal doméstico asilvestrado, que son los que "criados en cautividad, estén en un terreno cinegético sueltos". Aquí, con la redacción actual de ese punto, se contempla matar perros, gatos y otros animales domésticos.

Otro de los elementos para rechazar la ley es que permite muchos casos que no se indica qué sucedería, sino que "quedarían pendientes de ordenación por el Consejo Regional de Caza" u otros entes como la propia Consejería. Es decir, que muchos casos pueden considerarse "excepcionales" para que así decida sobre ellos estos organismos, y dado que no hay una baremación objetiva de qué es excepcional, cualquier situación puede entenderse como tal. Una redacción demasiado abierta y poco concreta del texto que deja vía libre a lo que después estipulen otros organismos.

El artículo 17, referido a la licencia de caza, indica que "Para obtener por primera vez la licencia de caza es necesario tener 14 años cumplidos". También se indica en el artículo anterior que "Para que los menores de 18 años puedan cazar en cualquier modalidad, se requiere, además, que vayan acompañados por algún cazador mayor de edad que controle su acción de caza", nunca podrán hacerlo solos sin un adulto, pero sí podrán hacerlo con esa edad, otro de los puntos controvertidos de la ley.

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