La Plataforma en Defensa de la Ley de Dependencia le gana la batalla a Cospedal

La Plataforma en Defensa de la Ley de Dependencia en Castilla-La Mancha, ha informado a través de su presidente, José Luis Gómez-Ocaña, de la sentencia del TSJCLM que declara nula la orden por la que se establece el catálogo de prestaciones económicas.

De esta forma y por unanimidad, la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia nº 166/2015 de 9 de marzo, ha estimado el recurso presentado por la Plataforma en Defensa de la Ley de Dependencia en Castilla-La Mancha contra la Orden de 29 de julio de 2013, de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, por el que se establece el catálogo de servicios y prestaciones económicas del sistema para la autonomía y atención a la dependencia y se determina la intensidad de los servicios y el régimen de incompatibilidades (DOCM nº 152, de 7 -8-2013).

En síntesis, la Sentencia -de la que es ponente el Presidente del Tribunal, José Borrego López- aprecia el motivo de antijuridicidad consistente en la omisión del dictamen preceptivo del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, al tratarse de un reglamento ejecutivo de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre. Y concluye: "Por lo razonado, también se daría el segundo presupuesto legal; que vendría a exigir que la Orden pasara por el control de legalidad del Consejo Consultivo Autonómico. Tal omisión, nos ha de llevar a considerarla como nula de pleno derecho, al tratarse de un requisito esencial en la elaboración de la norma; equiparable a la inexistencia de procedimiento (art. 62.2, de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre); con estimación del recurso (arts. 67, 68, 70 y 71, de la L.J.). Con expresa condena en costas a la parte demandada (art. 68.2 y 139, ambos de la L. R.)."

Cabe destacar que la plataforma ha valorado “muy positivamente” esta Sentencia, ya que según explican, “la Orden anulada establecía un conjunto de recortes arbitrarios y retroactivos contra los derechos de las personas dependientes, reconocidos en la Ley de Dependencia y en la propia Constitución”.

“Especialmente grave y sangrante era el trato degradante e inhumano que la Orden daba a los grandes dependientes” ha denunciado José Luis Gómez-Ocaña, presidente de la Plataforma en Defensa de la Ley de Dependencia de C-LM, ya que según argumentó, “hay personas que necesitan ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria”.

Además, desde el colectivo reivindicaron que los traten como “personas y no como números”, debido a que estas ayudas sirven para mantener al gran dependiente dentro de su entorno familiar, tal y como establece la ley original de dependencia.

Han criticado también que la Orden anulada establecía todo tipo de requisitos retardatorios y obstáculos para impedir la atención que necesitan estas personas que se encuentran en la fina línea que separa la vida y la muerte. Por ejemplo, aseguran que imponía un periodo de carencia mínimo de un año para poder solicitar la prestación. Y después, la Consejería podía suspender durante dos años y medio más la percepción de la prestación. En total, hasta 3 años y medio podía demorarse el abono de la PECEF a los grandes dependientes.

Además, si moría el dependiente antes de obtener la resolución expresa del derecho a las prestaciones económicas, la Junta de Comunidades no abona nada, lo cual se convertía en lo que han calificado como “un estímulo despreciable” para que la Consejería demorara al máximo el reconocimiento de las prestaciones. “Dada la muy deteriorada salud de los grandes dependientes, sea por enfermedad y/o vejez u otras causas, una demora de tres años y medio conlleva una alta probabilidad de fallecimiento. Y más si no se garantiza que reciba la debida atención”, aseguró Gómez-Ocaña.

Incluso llegaron a asegurar que la aplicación de esta disposición ha provocado que más de cinco mil personas en Castilla-La Mancha han fallecido esperando recibir la prestación que por Ley deberían haber disfrutado.  Algo que calificaron como “hecho sin precedentes en cualquier Estado de Derecho y un escándalo para la propia dignidad humana”.

De la misma forma, han asegurado “alegrarse” de que el Tribunal Superior de Justicia haya anulado una Orden que permitía que la Junta de Castilla-La Mancha se “desentendiera de las personas grandes dependientes, dejándolas a su suerte y a cargo de otra persona, familiar normalmente, que había de asumir altruistamente ese cuidado, renunciando a cualquier posibilidad de trabajo o actividad profesional, es decir, a la posibilidad de conseguir sustento

“Al amparo de esta Orden, la Consejería estaba procediendo a una revisión sistemática de los grados y prestaciones reconocidos antes de que entrara en vigor, para reducir y/o eliminar servicios y prestaciones, imponiendo el nuevo catálogo, sus intensidades e incompatibilidades de manera indiscriminada sin llevar a cabo una revisión médica ni de ningún otro tipo, sin que hubiera error de baremo ni incumplimiento de obligaciones o requisitos; incluso a personas que han empeorado su situación de gran dependencia”, afirma en el comunicado la Plataforma en Defensa de la Ley de Dependencia de C-LM.

“Esperamos que la Presidenta de Castilla-La Mancha y Secretaria General del Partido Popular, Sra. Cospedal, haya tomado buena nota de la Sentencia y extraiga las consecuencias políticas que proceden en relación con el Consejero de Sanidad y Asuntos Sociales, el Sr. Echániz, curiosamente responsable nacional de Asuntos Sociales del Partido Popular, que acumula la enésima ilegalidad en su gestión denunciadas por esta Plataforma”, explican.

Para finalizar, indicaron que “exigen que la Junta restablezca a las personas dependientes en sus derechos ordenando la revisión de todas las prestaciones que han sido denegadas, recortadas o suspendidas al amparo de la Orden anulada, procediendo de oficio a su abono a las personas que se han visto ilegalmente privadas de ellas”.

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