Señal de tráfico junto al cartel del canal del trasvase Tajo-Segura. - RÍO TAJO VIVO

TOLEDO.- El Tribunal Supremo ha rechazado la suspensión cautelar del escalonamiento en la aplicación de los caudales ecológicos del Tajo previstos para los años 2026 y 2027 tal y como pedía la Generalitat Valenciana, al considerar que este rechazo "no priva" de la finalidad pretendida por la administración valenciana que no sería de aplicación, como mínimo, hasta dentro de tres años.

Así lo recoge el auto dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en la que rechaza que, el no acordar esta suspensión cautelar, se estaría privando de finalidad legítima al recurso, ya que la impugnación hace referencia a unos caudales que no serían de aplicación hasta dentro de varios años, un tiempo "más que razonable" -señala la Sala- para que se pueda dictar sentencia, "sin perjuicio de que la medida cautelar puede solicitarse en cualquier momento como prevé la ley".

Fuentes judiciales han recordado que el recurso planteado por el Gobierno de Ximo Puig trata contra la disposición adicional novena y apéndice 5, referido a los caudales ecológicos del plan hidrológico del Tajo, del Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, por el que se aprobaba la revisión de los planes de cuenca de una docena de demarcaciones hidrográficas.

Un Real Decreto con el que el Consejo de Ministros ratificaba el pasado mes de enero el acuerdo alcanzado en el seno del Consejo Nacional del Agua meses antes, relativos a la "progresividad" en la implantación de los caudales mínimos, hasta llegar a los 8,65 metros cúbicos por segundo al paso del río por Aranjuez en el año 2027.

Desde el Ejecutivo valenciano se solicitaba como medida cautelar la suspensión del escalonamiento de los caudales ecológicos del Tajo para los años 2016 y 2027, entre la presa de Bolarque y el embalse de Valdecañas.

Un recurso, recuerda el Supremo, que no hace referencia al "primer escalón" de los caudales ecológicos, el aplicable "de forma inmediata" con la entrada en vigor del Real Decreto, con plazo hasta el 31 de diciembre de 2025.

Asimismo la Sala expone cómo no se aprecia que la Generalitat cuente con razonas que justifiquen la suspensión solicitada "desde la perspectiva de la apariencia de buen derecho".

En este sentido, el auto señala que "tal como se ha dicho reiteradamente por la jurisprudencia", el criterio de la suspensión cautelar, no recogido en la Ley de la Jurisdicción aunque tampoco excluido por ella, "debe aplicarse con extrema prudencia", al suponer "un pronunciamiento sobre el fondo del litigio en los momentos iniciales del proceso".

Por ello, añade, "solamente se ha considerado aplicable en los supuestos de impugnación de actos aplicativos de disposiciones declaradas nulas, de los que reiteren o sean idénticos a otros ya anulados o en aquellos casos en que los vicios de nulidad sean manifiestos de manera que no sea preciso examinarlos para su apreciación". Circunstancias que, no cree la Sala, se den en este caso.

"TIENE QUE HABER RECORTE"

Una decisión judicial a la que también ha hecho referencia durante un acto de campaña en la localidad albaceteña de Casas Ibáñez el presidente de Castilla-La Mancha y candidato a la reelección, Emiliano García-Page, quien ha subrayado cómo con ella "los tribunales han validado" el acuerdo alcanzado y por tanto, "tiene que haber recorte en el trasvase". Algo que debe producirse "desde ya", ha sentenciado.

Cabe recordar que el Gobierno de Castilla-La Mancha acordaba el pasado mes de marzo personarse en los tribunales tras el recurso planteado por la Generalitat Valenciana contra el escalonamiento de la aplicación de los caudales ecológicos que supondría una reducción progresiva en las aportaciones del trasvase al Segura.

Por su parte desde el Ejecutivo valenciano, su titular de Agricultura y Transición Ecológica, Isaura Navarro, ha señalado que si bien respetan la decisión del Supremo, habrían "agradecido" que el Tribunal "entendiera cómo funciona la agricultura".

Señalaba así que los procesos en este sector son largos y requieren de seguridad "con antelación" para saber si van a poder disponer de agua suficiente.