El Gobierno declara a Castilla-La Mancha zona catastrófica por las inundaciones sufridas durante la DANA

Los vecinos, empresas y administraciones de los municipios afectados pueden acceder a una serie de ayudas para paliar los daños ocasionados por el temporal.
La tormenta convirtió en municipio toledano de Cobida en un lodazal. Foto: José Ramón Márquez / JCCM
photo_camera La tormenta convirtió en municipio toledano de Cobida en un lodazal. Foto: José Ramón Márquez / JCCM

TOLEDO.- El Consejo de Ministros ha acordado este martes declarar zona gravemente afectada por emergencias de protección civil (ZAEPC) a la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha por las inundaciones que se produjeron a inicios de septiembre, tal y como había solicitado el Gobierno autonómico.

En concreto, el acuerdo da cobertura a los municipios de la provincia de Toledo que sufrieron los efectos adversos de la depresión aislada en niveles altos (DANA), como en los casos de Polán, Argés, Guadamur, Cobisa o la propia capital de la región, donde quedó incomunicado el acceso al barrio de Santa María de Benquerencia y se llegó a colar agua en el interior del nuevo Hospital Universitario.

También se ofrece cobertura a otras comunidades autónomas que se vieron afectadas por inundaciones e incendios desde el pasado 24 de agosto. En todos los casos son emergencias de protección civil de grandes proporciones que han provocado daños personales, en infraestructuras y bienes públicos, así como en cultivos y explotaciones agropecuarias, polígonos industriales y otras instalaciones productivas.

Unos daños que no han podido ser identificados y cuantificados todavía por cuanto la fase de recuperación, iniciada inmediatamente después de la de intervención, no ha finalizado todavía, aunque la vicepresidente tercera del Gobierno, Teresa Ribera, afirmó durante su visita a Toledo que habían sido "cuantiosos".

Pese a no disponer de una estimación definitiva de los perjuicios ocasionados por estas catástrofes, el Gobierno ha valorado que la magnitud de sus efectos, las medidas adoptadas para recuperar las condiciones de vida de la población y conseguir el pleno restablecimiento de los servicios públicos esenciales justifican la intervención de la Administración General del Estado.

Todas las ayudas disponibles en estas zonas declaradas como ZAEPC están previstas y reguladas en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se determinan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica y se establece el procedimiento para su concesión.

La declaración como ZAEPC permitirá que los afectados puedan beneficiarse de una serie de medidas y ayudas destinadas a paliar tanto daños personales como materiales en vivienda y enseres y en establecimientos industriales, mercantiles, agrarios, y de otros servicios.

La declaración también incluye ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan realizado prestaciones personales y de bienes, así como a las corporaciones locales en sus labores de recuperación de las áreas devastadas por el fuego o por las inundaciones.

Una vez que la Administración General del Estado disponga de una memoria con la estimación de los daños producidos, que realizará en colaboración con el resto de administraciones autonómicas y locales competentes, este acuerdo podrá incorporar otras medidas complementarias a las adoptadas por las administraciones territoriales, a las que corresponde la competencia en materia de protección civil.

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