Los mayores ya pueden salir de las residencias al domicilio familiar

  • Aquellos residentes que no hayan dado positivo ni sean sospechosos de haber podido contagiarse por COVID podrán salir de los centros sociosanitarios exclusivamente al domicilio familiar por un mínimo de 10 días y un máximo de 8 semanas.
  • A la vuelta deberán presentar un resultado negativo en la prueba PCR, realizada bien por los servicios de atención primaria o bien por un laboratorio privado con acreditación.

TOLEDO.- Los mayores residentes en centros sociosanitarios de la región podrán salir al domicilio familiar durante un mínimo de 10 días y un máximo de 8 semanas a partir de este momento.

Así lo ha autorizado la Consejería de Sanidad en una resolución que publica este viernes el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM), en la que se recogen los requisitos para las salidas permitidas en las residencias de mayores.

Salidas que únicamente se permiten al domicilio familiar, y que se autorizan con el fin de ajustar las medidas de desescalada a las nuevas circunstancias y garantizar el ejercicio de los derechos de las personas usuarias, al tiempo que se preservan las medidas de protección.

Por ello se considera adecuado permitir a las personas que conviven en las residencias de mayores las salidas al domicilio familiar.

De este modo, en el caso de las residencias de mayores, y siempre que no se trate de un residente que haya dado positivo por COVID y mantenga la infección activa, o sea un caso sospechoso o probable de infección, según los protocolos en vigor en ese momento, los residentes podrán salir al domicilio familiar, por un periodo mínimo de 10 días naturales y un máximo de 8 semanas, en tanto dure la situación originada por la crisis sanitaria.

No obstante, cuando se vaya a producir el regreso al centro residencial, la persona residente deberá contar con una prueba PCR con resultado negativo, realizada como máximo en los tres días anteriores al regreso. Resultados que deberán ser entregados a las personas responsables del centro.

Respecto a esta prueba diagnóstica, la resolución publicada en el DOCM precisa que deberá ser realizada por los servicios de atención primaria o, en su defecto, se admitirá el resultado obtenido en un test PCR realizado en un laboratorio privado que cuente con la acreditación oficial correspondiente.

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